Por Francisco María Bompadre.
Sumario:
I. Hacia una definición. II. ¿A quiénes va dirigido el ideal resocializador? III. Lo Carcelario: cuando la pretendida resocialización carcelaria desocializa, estigmatiza y criminogeniza. IV. Intento de reconceptualización de los Paradigmas “RE”. V. La valla axiológica. VI. Conclusión.

I. Hacia una definición.

Al hablar de los Paradigmas “Re” nos estamos refiriendo a una determinada concepción (en cuanto a la finalidad de la ejecución penitenciaria) que se extendió por buena parte de la cultura occidental luego de la segunda guerra mundial, que tuvo un periodo de auge, otro de retroceso y el último de franca decadencia.
En términos generales, es una concepción que nace en el seno del Estado de Bienestar, y que aspiraba en cierta medida a nivelar la socialización deficiente del preso, de ahí que en su primer momento se hablase de resocialización, aunque luego se extendió a otros conceptos como readaptación social, repersonalización, reeducación, reinserción. En cierta medida todos apelan a la idea de un cierto tratamiento penitenciario, que se integra de un conjunto de saberes: jurídicos, médicos, sociológicos, filosóficos. En cuanto a lo jurídico, SALT ha expresado con claridad que la imprecisión o vaguedad del término trae consecuencias relevantes para el preso: “....todos los textos normativos de nuestro entorno cultural han establecido, con diferentes fórmulas, que la resocialización, la reeducación o la reinserción social constituyen el fin principal de la ejecución de las penas de encierro. Sin embargo nunca existió claridad ni acuerdo acerca del significado concreto de los términos utilizados para expresar este principio o ideal resocializador y, mucho menos, sobre las consecuencias dogmáticas que debía tener en el régimen penitenciario. La falta de definición normativa clara sobre el significado del principio de resocialización contribuyó, de manera determinante, a aumentar la inseguridad jurídica en la etapa de ejecución penal; dotando a la administración penitenciaria de un ámbito de arbitrariedad que se manifestó, principalmente, en los límites impuestos al ejercicio de determinados derechos de las personas privadas de libertad y en las decisiones trascendentes para el cada vez más complejo proceso de determinación de la pena durante la ejecución”[1].

Aún hoy, luego del auge y caída del “mito resocializador”, no sabemos muy bien a qué nos referimos cuando hablamos de los Paradigmas “RE”; de cualquier manera, aunque se trate de una idea más o menos intuida por cada uno de nosotros, podemos convenir en que la cárcel no logra materializarlo.



II. ¿A quiénes va dirigido el “Ideal Resocializador”?

La literatura sobre las personas que resultan prisionizadas por el sistema penal es amplísima, y no es el sentido profundizar aquí sobre el tema. Al recorrer cualquier cárcel (o comisaría) latinoamericana tomada al azar, veríamos seguramente el estereotipo de los presos, es decir, se desnudaría la marcada selectividad en el reclutamiento de presos, que a nivel general se puede establecer en el estereotipo de joven varón pobre, con escaso (a veces nulo) paso por el sistema educativo, desempleado y con causas judiciales relacionadas a delitos contra la propiedad y delitos relacionados a sustancias estupefacientes[2]. ZAFFARONI describe que: “La selectividad general del sistema penal es parte de su irracionalidad y pertenece a la propia estructura del sistema penal. La selectividad viene dada por la absurda disparidad entre los recursos disponibles (capacidad de criminalización del sistema) y la pretensión programada de reclutamiento de clientela (número de personas que realmente debiera criminalizar conforme a su programa a nivel del discurso jurídico). En la práctica el sistema no puede reclutar más que un 1 % de su clientela programada, lo que deja un inmenso campo abierto a la selectividad y evidencia su irracionalidad”[3]. No se ignora que todas las clases sociales delinquen[4], sin embargo son prisionizados los que pertenecen a los sectores más marginales y desprotegidos, es decir, los más vulnerables al sistema.





III. Lo carcelario: cuando la pretendida resocialización carcelaria desocializa, estigmatiza y criminogeniza.


¿Qué no se ha dicho aún sobre los efectos de las rutinas, las disciplinas y las prácticas que produce la cárcel? Los estudios que se han llevado a cabo sobre la subcultura carcelaria nos han mostrado desde la falta de intimidad del interno y los reacondicionamientos sexuales, pasando por una alimentación inadecuada y una política sanitaria deficitaria, hasta una imposibilidad de autodeterminarse intramuros y dónde una lógica de premios y castigos decide la situación y el lugar de cada preso como criterio de gobierno de las cárceles[5]; sin olvidar que la cárcel aún sigue siendo un castigo corporal. En este sentido han dicho HULSMAN y DE CELIS: “...pero es también un castigo corporal. Se dice que los castigos corporales han sido abolidos, pero no es verdad. He ahí la prisión, que degrada la incolumidad corporal: la privación de aire, de sol, de luz, de espacio, el confinamiento entre cuatro muros estrechos, el paseo entre rejas, la promiscuidad con compañeros no deseados, en condiciones sanitarias humillantes, el olor, el color de la prisión, las comidas siempre frías, en que predominan las féculas hervidas (no es por azar que las caries dentarias y las molestias digestivas se suceden entre los detenidos); tales sufrimientos físicos implican una lesión corporal que deteriora lentamente”[6], y BARATTA que: “...los centros de detención ejercen efectos contrarios a la reeducación y a la reinserción del condenado, y favorables a su estable integración en la población criminal... Las ceremonias de degradación al comienzo de la detención, con las cuales se despojan al encarcelado hasta de los símbolos exteriores de la propia autonomía (la vestimenta y los objetos personales), constituyen lo opuesto a todo eso. La educación alienta el sentimiento de libertad y de espontaneidad del individuo: la vida en la cárcel, como universo disciplinario, tiene un carácter represivo y uniformante”[7]; y quien ha sufrido la cárcel en carne propia ha expresado que: “...estás durante años esperando una orden que lo autorice a bañarse, comer, poder ir de un pabellón a otro..., esperar un silbato para pararse frente a la celda para el ´recuento´ , un silbato para formar fila, un silbato para dar media vuelta, un silbato para dar media vuelta, y poder caminar hacia el patio de recreo, otro silbato para detenerse, otro silbato para romper filas, otro silbato para regresar e ingresar a la celda... le crea conductas que se van fijando e incorporando con el transcurrir de miles y miles de días... Cuando un liberado pone un pie en la calle... el ritmo y los mecanismos psicológicos siguen siendo impuestos por el régimen carcelario”[8], es decir, todo una batería disciplinar que altera gravemente la subjetividad del individuo preso. Por su parte MAPELLI CAFFARENA ha expresado que: “La prisión es también, por encima de todo, un imponente mecanismo de segregación. El interés prioritario de las diferentes legislaciones penitenciarias es normalizar toda una serie de mecanismos premiales y de castigos imprescindibles para el funcionamiento de la propia prisión cuya meta, lejos de ser el futuro ciudadano, es el presente recluso”[9].
Toda una desocialización operada intramuros, para que una vez fuera la sociedad estigmatice a quien de ahora en más será siempre una persona sobre quien es mejor desconfiar y olvidarse[10], generándose así una retroalimentación entre las violencias sufridas que en definitiva generalmente terminan en una nueva condena.

Un panorama desde ya desalentador, que viene a agravarse al aparecer la construcción y equipamiento de las cárceles como una de las “vedettes” mercantiles del neoliberalismo[11].



[1] RIVERA BEIRAS, Iñaki y SALT, Marcos. Los derechos fundamentales de los reclusos. España y Argentina. Buenos Aires, del Puerto, 1999, p. 171.
[2] Ministerio de Justicia de la Nación, Dirección Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal: www.jus.gov.ar.
[3] ZAFFARONI, Raúl (coordinador). Sistemas penales y derechos humanos en América Latina (Informe Final). Buenos Aires, Depalma, 1986, página 393.
[4] Desde el incumplimiento de deberes de funcionario público a la evasión impositiva, pasando por el fotocopiado de libros o el consumo de sustancias estupefacientes.
[5] Véase el art. 105 de la ley 24.660; y PAVARINI, Massimo, “La miseria del reformismo penitenciario”, en introducción a RIVERA BEIRAS, Iñaki y SALT, Marcos. Los derechos fundamentales de los reclusos. España y Argentina. Buenos Aires, del Puerto, 1999, página 6; y, “Lucha contra la criminalidad organizada y ´negociación´ de la pena”, en VIRGOLINI, Julio y SLOKAR, Alejandro (coordinadores), Nada Personal.....Ensayos sobre crimen organizado y sistema de justicia. Buenos Aires, Depalma, 2001, página 17.
[6] KENT, Jorge. La resocialización de los penados. Un desafío en el nuevo milenio. Buenos Aires, Ad-Hoc, 1998, p. 22.
[7] BARATTA, Alessandro. Criminología crítica y crítica del derecho penal. México, Siglo XXI, 2000, p. 194.
[8] MONES, Carlos. La Cárcel: los hombres que la habitan. Buenos Aires, Guadalupe, 1988, páginas 81 y 82.
[9] MAPELLI CAFFARENA, Borja. “Tendencias modernas en la legislación penitenciaria”, en Jornadas sobre sistema penitenciario y derechos humanos. Buenos Aires, del Puerto, 1997, página 123.
[10] YEANNES, María. “La voz de los presos. Autocrítica social”, en X Congreso Nacional de Derecho Penal y Criminología, en Homenaje a Alessandro Baratta, Buenos Aires, 2002, p.164.
[11] BOMPADRE, Francisco. De la revolución industrial al preso-mercancía: ¿Una evolución planificada? Santa Rosa, UNLPam, 2002, capítulo IV: “Discurso mediático y Preso-Mercancía” y capítulo V: “¿La prisión voluntaria?”.IV. Intento de Reconceptualización de los Paradigmas “RE”.

No obstante todo lo dicho sobre las Ideologías “RE” -que en nuestra periferia se potencia por las condiciones socioeconómicas estructurales- desde el punto de vista estratégico ciertos autores “....resaltan el valor dogmático del concepto de resocialización, readaptación o reforma, contenido en los distintos textos normativos que -implicando una obligación estatal de proporcionar al condenado las condiciones necesarias para un desarrollo personal adecuado que favorezca su integración a la vida social al momento de recobrar la libertad- debe influir en la regulación de los distintos aspectos del régimen penitenciario y en la interpretación de las normas penitenciarias (SALT), o analizan la estructura formal de un sistema penitenciario concreto a partir del principio resocializador (MAPELLI). Asimismo, recientemente se han diseñado propuestas para interpretar tales criterios normativos, concebiendo como fin de la ejecución de la pena la reforma o readaptación como la imposición de un trato humano, lo menos deteriorante posible y que ofrezca la posibilidad de reducción de los niveles de vulnerabilidad del individuo (ZAFFARONI), o la reintegración social del condenado que debe perseguirse a pesar de la cárcel como un concepto crítico tendiente a la apertura de la cárcel hacia la sociedad (BARATTA)”[1].

SALT asocia las ideologías “re” con una obligación estatal que brinde el sustrato material necesario para integrar al condenado a la sociedad llegado el momento en que recupere la libertad, es decir, que bajo esta perspectiva se debería analizar la normativa penitenciaria. El punto a discutir parecería ser cuáles son esas condiciones -que el autor no las define- pero además no podemos dejar de conocer la cantidad de derechos garantizados constitucionalmente que una mayoría de la población libre no puede satisfacer, es decir, ¿cómo lograr que el Estado garantice ciertas condiciones a los presos? que tiendan a su integración social cuando no lo realiza con una gran mayoría que vive en “libertad”[2]. Por otra parte no podemos dejar de analizar la sociedad a la que vuelve la persona que recupera su libertad, en el sentido de que cualquier contenido que le demos a los “Paradigmas “RE” constan del análisis de dos momentos: el adentro y el afuera de la cárcel. El Estado globalizado, cada vez más en retirada social y en avanzada penal fomenta la desintegración social, y este dato de realidad debe tomarlo cualquier construcción de dogmática jurídica. La pena es una cuestión de poder, es un hecho político, por ende, la solución a la cárcel debe necesariamente ser política y no jurídica.

Por su parte ZAFFARONI habla de cárcel y trato humanos, pero mientras exista una reja que nos impida pasar, es muy difícil que el trato sea realmente humano porque el ser humano no puede desarrollarse en prisión. Es interesante lo de bajar los niveles de vulnerabilidad, lo que implica una postura política que debe estar orientada a una interacción sociedad-cárcel[3]; ejemplo en este sentido son las experiencias universitarias dentro de las prisiones argentinas, aunque se sustenten más por la actitud de los estudiantes presos y los profesores que por la Dirección del Servicio Penitenciario Federal y el Ministerio de Justicia[4]. Un estudiante del Centro Universitario Devoto (CUD) expresa: “Las vinculaciones ye interacciones reales, bien podrían robustecerse y afianzarse a través de dos formas posibles, el egreso intermitente con determinados fines de las personas privadas de libertad a interactuar en sociedad; y el ingreso intermitente del resto de la sociedad a la cárcel a interactuar, ambas formas desembocan en una misma circunstancia, en la mayor permeabilidad social de los muros de las prisiones, de allí que ellos también formarían parte de los alicientes para el respeto de los derechos individuales de la persona, habitantes temporarios en las cárceles, ya que estos ingresos por parte de entes, organismos u otros, una vez concientizados de determinadas violaciones bien podrían ser demandantes de cambios de actitudes y aún denunciantes, sin probabilidad de represalias por su accionar, al que si se ven sometidos aquellos internos que lo hacen”[5]. No son incompatibles con esta estrategia la adopción de medidas alternativas de la prisión (prisión domiciliaria, prisión discontinua, semidetención, semilibertad, libertad condicional) y medidas alternativas a la prisión (suspensión del juicio a prueba, condenación condicional, multa, reparación material, inhabilitación)[6].

BARATTA nos habla de la apertura de la cárcel hacia la sociedad, estrategia que si bien es seductora, es probable que la cárcel que se abra a la sociedad ya no sea una cárcel. Es muy difícil quebrar esos dos mundos que divide la reja, y si bien la universidad en la cárcel va en ese rumbo, no menos cierto son las trabas y problemas a los que permanentemente se enfrentan -actualmente sobre todo el problema de la distancia de los centros penitenciarios que tienden a construirse en las afueras de las ciudades- y que en todo caso es más la sociedad (sólo algunos sectores de la misma) la que llega a la cárcel que la cárcel llegando a la sociedad, que no es lo mismo. De cualquier manera BARATTA también ha dicho que: “Toda técnica pedagógica de reinserción del detenido choca con la naturaleza misma de esta relación de exclusión...... Antes de querer modificar a los excluidos es preciso modificar la sociedad excluyente...”[7] y en tal sentido ZAMBRANO PASQUEL considera que el problema está en cambiar la estructura social y no la cárcel[8], y respecto de la sociedad excluyente FORRESTER es muy clara: “¿Integrarse a qué? ¿Al desempleo y la miseria? ¿A la marginación? ¿A la futilidad del tedio, al sentimiento de ser un inútil o un parásito? ¿Al futuro sin perspectivas? ¡Integrarse! ¿Pero a qué grupo marginado, qué grado de pobreza, qué clase de penurias, qué señales de desprecio? ¿Integrarse a jerarquías que lo relegan a uno de entrada, lo condenan al nivel más humillante sin darle jamás la posibilidad de demostrar sus aptitudes? ¿Integrarse al orden que niega de oficio todo derecho al respeto? ¿A esta ley implícita que ordena que a los pobres se les asignen vidas de pobres, intereses de pobres (o sea, ningún interés) y trabajos de pobres (si hay trabajos para asignar)?”[9]; como se ve, parecería erróneo plantear el tema maniqueístamente en cárcel o sociedad, porque la sociedad es la que excluye y la cárcel la que reproduce la lógica social del más fuerte. Parece que no es conveniente esperar a que se modifique la sociedad que excluye, puesto que esta empresa puede llevar demasiados años, en caso de que se logre alguna vez. Por otro lado, tratar de modificar la cárcel sin que la sociedad que la sostiene cambie no parece servir de mucho. Más interesante es comenzar a trabajar con los sectores sociales predispuestos a interaccionar con lo carcelario y con los presos que deseen interactuar con la sociedad.




V. La valla axiológica[10].

CESANO expresa que el criterio de resocialización adoptado por nuestro orden jurídico se inscribe en los que se denomina programa de readaptación social mínimos, que en términos generales significaría el respeto a la legalidad, es decir, que el preso una vez liberado no vuelva a delinquir; en contraposición a los programas de readaptación social máximos, en los cuales el Estado impone a través de la ejecución de la pena una determinada concepción social[11], es decir, una escala axiológica o una cierta ideología como forma de ver al mundo. Sobre la licitud o no de una imposición más o menos arbitraria respecto de la vida del condenado, siempre bajo el discurso legitimador de que es para su mejoría, para su resocialización, NIÑO ha manifestado que: “es una violación flagrante a los derechos humanos más elementales y -obviamente- un ataque verdaderamente subversivo a la Constitución, la invasión del fuero interno de una persona sujeta a control social formal, y su forzamiento a cumplir -o su impedimento para realizar- actos contrarios a su moral individual, so pretexto de promover su adaptación a las normas sociales convencionales. Un tratamiento que incluya un supuesto mejoramiento del plano moral de un sujeto configura una grotesca manipulación de su conciencia, repugnante a un Estado de derecho....”[12]. Es claro que el Estado no puede imponer una moral o una escala de valores o una determinada concepción social a ninguna persona, entonces parecería que las concepciones de los programas de readaptación social máximos no tendrían viabilidad. Ahora bien, tomando la postura de los programas de readaptación social mínimos, que sería establecer el ideal resocializador como el medio por el cual el penado una vez en libertad no vuelve a delinquir, en definitiva este criterio es bastante simplista, porque toma como ideal resocializador el criterio legal de la no reincidencia, es decir, si una vez en libertad la persona no sufre una nueva sentencia condenatoria, para el sistema estaría resocializado o reinsertado. En un primer momento, no podemos dejar de notar la abultada cifra negra de la criminalidad, por ende, a modo de hipótesis una persona que vuelva a delinquir una vez liberada y que caiga dentro de la mencionada cifra negra no sería reincidente porque no habría una nueva sentencia condenatoria aunque haya delinquido nuevamente. Por otra parte ciertos delitos de cuello blanco -supongamos una contaminación ambiental- tienen en sus autores a personas que en la mayoría de los casos se hallan con un alto grado de socialización, que incorporan las pautas de consumo hegemónicas, que hasta son vistos como modelos de vida a alcanzar por bastos sectores de la sociedad, pueden volver a cometer el mismo delito, con lo que serían considerados como no resocializados o no reinsertados socialmente para la ley, aunque la sociedad no les de el trato correspondiente al que les da a sujetos que han cometido otro tipo de delitos. Por ende, vemos qué amplio se torna el ideal resocializador y a cuantos supuestos puede abarcar y cuantos otros puede dejar pasar. Así y todo, consideramos que si algo debe entenderse por resocialización, jamás puede ser la mera no reincidencia, y menos aún, la no reincidencia declarada por la justicia, incluso porque otorgamos un contenido a un período determinado en base al futuro incierto, es decir, durante la etapa de ejecución de la pena debemos interpretar el ideal resocializador como la motivación en la ley por parte del sujeto para cuando recién esté en libertad, como vemos, no nos dice demasiado sobre qué contenido otorgarle a los Paradigmas “RE” durante la ejecución de la pena, y no ya en la sociedad libre como finalidad de la ejecución de la pena, nos queda la idea de que este criterio tiene en miras a la persona que obtiene su libertad y se olvida de la que está privada de la misma. Y a esto se suma la desgarantizadora función judicial del poder judicial[13].




VI. Conclusión:

Luego de abordar desde distintos ejes la problemática de las ideologías “re”, pienso que la gran mayoría de los presentes, en pocos casos al hablar de resocialización han pensado en los sujetos denominados delincuentes de “cuello blanco”, es como que sobrevuela en el ambiente una asociación inmediata que vincula el concepto de resocialización junto al de delincuencia clásica o convencional. Esta es otra esfera en dónde hemos sido entrenado para reproducir una nueva postura reduccionista, en dónde los paradigmas “re” sólo se deben asociar a determinadas personas: sería casi imposible pensar en aplicarle el tratamiento resocializador a un sujeto que ”fundió” un Banco, o a quienes se complotaron para exportar armas ilegalmente, o a quien contaminó aguas producto de los desperdicios de sus fábricas; pero sin ir tan lejos, un homicidio culposo por accidente de tránsito otorga a quien lo realiza, la más de las veces, una distancia considerable con aquella asociación al ideal resocializador de la que hablamos, sin importar que sea la primer causa de muerte en nuestro país entre los jóvenes. En este sentido es muy acertada la postura de ZAITCH al decir que: “El crecimiento abrumador e incontrolado de formas para obtener beneficios y status, ofrece en sí mismo las posibilidades para hacerlo legal o ilegalmente. No es tanto la falta de socialización individual o grupal como una suerte de ´hipersocialización´ de ciertos individuos, no tanto la falta de competitividad como la competitividad salvaje, no tanto la ´no-intervención´ del Estado sino su capacidad de organizar y hacer posibles actividades ilegales en terrenos que no conllevan sanción penal, lo que promueve el surgimiento y cristalización de algunas formas de criminalidad organizada.”[14].

Finalmente, lo más admirable de lo carcelario es la presencia de la Universidad. ELBERT se expresa respecto de los centros universitarios en la cárcel como una “experiencia formidable, a la cual me atrevería a calificar como el único escenario posible para materializar, de algún modo, ese concepto tan desgastado como errático de la ´resocialización´”[15]. Al respecto comenta un interno que se recibió de abogado en el Centro Universitario Devoto: “Sin entrar en disquisiciones teóricas sobre la institución carcelaria, lo que resulta innegable es que el sistema actual ha demostrado ser ineficaz en la pretendida tarea resocializadora, lo que se evidencia en el alto índice de reincidencia. El ingreso de la UBA, una institución cuya organización interna es democrática, en contraposición con la estructura militar del S.P.F., ha sido muy positiva, es sin duda una brecha que se abre en el muro que separa y segrega a la población penal del resto de la sociedad. Es necesario que ese puente permanezca siempre abierto. Si el programa es cooptado por el S.P.F., se impondrá un sistema que ha demostrado no ser el mejor y se desdibujarán los objetivos. A modo de ejemplo, podemos citar un tema que ha sido siempre un punto de controversia con el S.P.F.: para nosotros la educación es un instrumento, una herramienta, por lo tanto corresponde incentivarla permanentemente, en contraposición con el Servicio, en el que es predominantemente el criterio de que es un privilegio o un beneficio al cual debe accederse por méritos....... Nosotros deseamos un centro universitario y con una fluida relación con toda la población penal, y el sistema intenta transformarlo en un lugar de privilegio”[16], y otro de los protagonistas del CUD sincera que “.....uno termina sintiendo el proyecto como propio. Sobre esa base se cimentó ese proyecto, sobre la base de que la gente que ahí estaba lo sentía como propio. Al sentirlo así, uno quiere que el proyecto funcione y que tenga buenos resultados. Si bien a veces se desvirtúa, o hay presiones, el sentimiento de pertenencia al proyecto de la gente que lo compone, ha sido lo que más solidez le ha dado durante todos estos años como para que pueda seguir adelante”[17].

Todo lo que implica la universidad en un mundo como la cárcel, contribuye a que la persona experimente en muchos casos por primera vez en su vida que es capaz de lograr el reconocimiento de los demás, que se puede superar a sí mismo; reflejando el estudio un resultado propuesto por el preso y posteriormente alcanzado, todo ello sumado a la formación cuali-cuantitativa de conocimientos que de por sí ya es un dato positivo; lo que de ninguna manera es atribuir los resultados obtenidos en las personas que cursan estudios universitarios a la cárcel. La burocracia debe justificar su razón de ser de cualquier manera y parece que con la Universidad en la cárcel se les escapa de las manos. Así se explicaría entonces, por qué el propio Servicio Penitenciario Federal pretendió dejar sin vigencia el convenio celebrado con la Universidad de Buenos Aires. Este convenio debió ser ampliamente respaldado por los presos-alumnos, profesores, diputados nacionales, miembros de asociaciones de derechos humanos, etc., para seguir en vigencia. La postura del SPF se debe a que la Universidad en la cárcel rompe el enclave intramuros: los estudiantes logran liberar la estigmatización en sus clases al tomar contacto con personas que vienen del mundo de afuera, que no son sus abogados, ni son presos, ni familiares, ni penitenciarios; son personas que viven afuera y traen una visión nueva de lo que la sociedad hasta ahora les puede haber mostrado. Pero el argumento más fuerte de que la cárcel no resocializa a los estudiantes-presos es que, de otra manera no podría explicarse que el sector de los presos que menor contacto con el régimen penitenciario y con su ideología tienen, son los que mantienen los niveles más bajos de reincidencia dentro de la población carcelaria; mientras que aquellos que se mantienen en el régimen histórico del Servicio Penitenciario no sólo no bajan los índices de la reincidencia sino que los aumentan cada vez más significativamente?

[1] BOMBIN, Gabriel. Poder Judicial y Cárceles en la Argentina. Buenos Aires, Ad-Hoc, 2000, página 115.
[2] FERRAJOLI se posiciona diciendo que: “Nuestra época ha sido justamente denominada ´la edad de los derechos´, en virtud de la afirmación, en numerosos documentos internacionales, del principio de igualdad y de universalidad de los derechos humanos, no sólo civiles y políticos sino también económicos y sociales. Y sin embargo nunca como en estos años la desigualdad ha alcanzado dimensiones tan notables e intolerables. El último informe de las Naciones Unidas sobre el desarrollo humano nos indica que la diferencia de riqueza entre los países más pobres y los más ricos del mundo, que en 1820 era de 1 a 3 y en 1913 de 1 a 11, en 1950 pasó a ser de 1 a 35 y en 1992 de 1 a 72. Miles de millones de seres humanos, a pesar de los derechos sociales y del derecho al desarrollo proclamados en los instrumentos internacionales, están condenados a la miseria, al hambre, a las enfermedades y a la devastación de su medioambiente natural”, en Prefacio a MESUTTI y SAMPEDRO ARRUBLA (compiladores), La Administración de Justicia en los albores del tercer milenio. Buenos Aires, Universidad, 2001, página 11.
[3] ZAFFARONI, Raúl. “La filosofía del sistema penitenciario en el mundo contemporáneo”, en BELOFF, BOVINO y COURTIS (compiladores) Cuadernos de la Cárcel, edición especial de “No hay Derecho”, Buenos Aires, 1991, p.57.
[4] En este sentido se ha dicho que: “El Plan Penitenciario sostiene que la educación, como pilar fundamental de la promoción humana, requiere cambios, particularmente si se observa la necesidad de mayores logros en los niveles de enseñanza sistemática. El Plan afirma que ciertos éxitos concretos en el nivel universitario no deben resultar engañosos. El grueso de la población penal requiere una acción intensa en los niveles primario y secundario, en la capacitación orientada hacia una salida laboral y en las actividades no sistemáticas entre las que son relevantes el deporte y la recreación. Esta descalificación de la educación universitaria por parte del Plan Penitenciario responde a la visión de los organismos internacionales que centran la discusión sobre la crisis del sistema educativo en torno a los debates sobre la equidad y a la discusión sobre calidad-equidad. Pero también es acorde a la lógica del encierro, que rechaza la universidad en la cárcel en la medida en que ella obstaculiza el accionar cerrado y jerárquico. Siguiendo ese argumento, se plantea que es necesario revertir esa tendencia profundizando el gasto público en educación primaria en tanto ésta beneficia principalmente a los estratos más pobres”; en MURILLO, Susana. “Alienismo y modelo correccional. La paradoja del contrato social”, en ELBERT y otros (coordinadores), La Criminología del siglo XXI en América Latina, parte segunda. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 2002, página 201.
[5] SANABRIA, José. “Sinceramiento del discurso carcelario. Alternativas al sistema”, en X Congreso Nacional de Derecho Penal y Criminología, en Homenaje a Alessandro Baratta, Buenos Aires, 2002, p. 156.
[6] BOMPADRE, Francisco. Un estudio sobre la realidad carcelaria. Santa Rosa, UNLPam, 2000, páginas 114 a 129.
[7] BARATTA, citado, página 196 y 197; también en este sentido CARRICART, Mario. “Escuela y Derecho Penal como sistemas de coerción Social”, en www.derechopenalonline.com.
[8] ZAMBRANO PASQUEL, Alfonso. Derecho Penal, criminología y política criminal. Buenos Aires, Depalma, 1998, página 62.
[9] FORRESTER, Viviane. El horror económico. Buenos Aires, FCE, 1997, página 66.
[10] Véase FRONDIZI, Risieri. ¿Qué son los valores? México, FCE, 1990.
[11] CESANO, José. Los objetivos constitucionales de la ejecución penitenciaria. Córdoba, Alveroni, 1997, página 112 y ss.
[12] NIÑO, Luis. “Aspectos críticos de la realidad carcelaria: visitas, requisas y régimen disciplinario”, en Jornadas sobre sistema penitenciario y derechos humanos. Buenos Aires, del Puerto, 1997, página 108.
[13] CESANO, cit., página 92 (1984-1994, luego de este período el autor considera que ha mejorado la tutela de los derechos de los presos y el control de constitucionalidad de los jueces sobre las decisiones de la administración), BOMBIN, cit., página 208 (período 1993-1999) y BISCAY, Pedro y VACANI, Pablo. “Entre la irracionalidad penitenciaria y la inmadurez judicial... o de la necesidad de decirle más verdades a lo cierto”, en X Congreso Nacional de Derecho Penal y Criminología, en Homenaje a Alessandro Baratta, Buenos Aires, 2002.
[14] ZAITCH, Damián. “Viejos conocidos, nuevos enemigos. Discursos y políticas sobre el delito organizado en la nueva Europa”, en Criminología Crítica y Control Social, Nº 2. Rosario, Juris, 2000, página 159.
[15] ELBERT, Carlos y colaboradores. La Universidad en las cárceles argentinas. Buenos Aires, Depalma, 2000, p. IX.
[16] ELBERT, citado, páginas 64 y 65.
[17] ELBERT, citado, p. 69.¿Cómo se puede pretender el crecimiento individual de una persona para la futura convivencia social, si todo tipo de responsabilidades sociales son decididas por otros? Se trabaja (cuando hay en que hacerlo) según lo establezca el horario de actividades, se pide permiso para hablar por teléfono, para ir al baño, para llenar la pava con agua, para mandar correspondencia; es decir, ¿que individuo crece como persona en una institución que tiene como norte la despersonalización? Imagino que el mejor de los presos para el Servicio Penitenciario será aquel que rinda un culto a la obediencia y a la sumisión. ¿Es esto la readaptación social?, ¿es posible imaginar a un Tribunal Oral condenando a 6 años de SUMISIÓN y OBEDIENCIA?


Si bien lo de la Universidad en la cárcel ya es de vital importancia, también deberían abrirse carreras de Bellas Artes, de Teatro, de Cine y de otras manifestaciones artísticas que tienen como fin la promoción de quien las realiza y de quien las disfruta como asimismo lo relativo a las prácticas deportivas y la realización de pasantías.




BIBLIOGRAFÍA:

AA.VV. A 25 años del golpe. Buenos Aires, Fuba, 2000.
AA.VV. Abolicionismo Penal. Buenos Aires, Ediar, 1989.
AA.VV. Contrapoder, una introducción. Buenos Aires, De mano en mano, 2002.
AA.VV. 19 y 20. Apuntes para el nuevo protagonismo social, capítulo 4: “Multiplicidad y contrapoder en la experiencia piquetera”. Buenos Aires, De mano en mano, 2002.
AA.VV. El sistema penal argentino. Buenos Aires, Ad-Hoc, 1992.
AA.VV. En defensa de los derechos civiles. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2000.
AA.VV. Jornadas sobre sistema penitenciario y derechos humanos. Buenos Aires, del Puerto, 1997.
Actualidad Penitenciaria. Revista del Servicio Penitenciario Federal, Nº 1, Buenos Aires, 1995.
AEBI, Marcelo, KILLAS, Martín y RIBEAUD, Denis. Separata “La prescripción de heroína en Suiza: efectos sobre la delincuencia de los toxicómanos tratados”, en Revista de Derecho Penal y Criminología, Nº 4, Sevilla, Julio de 1999.
AIZEN, Marina. “Policía de Nueva York en la mira”, en Clarín, Buenos Aires, 1º de septiembre de 1999.
AGUIAR DIAS, Dyrceu. “O judiciário brasileiro ás portas do terceiro milênio”, en MESUTTI y SAMPEDRO ARRUBLA (compiladores), La Administración de Justicia en los albores del tercer milenio. Buenos Aires, Universidad, 2001.
AGUIRRE, Eduardo. Aportes para una criminología crítica en los tiempos de un derecho penal en crisis. Santa Rosa, Gramma Libros, 1997.
- “El discurso crítico como herramienta para modificar el carácter selectivo del control social en América Latina”, en Congreso Internacional La criminología del siglo XXI en América Latina. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, UBA, 1999.
- Ensayo de criminología crítica en Argentina. La Plata, Scotti, 1999.
- “Delincuencia juvenil, marginalidad y selectividad del sistema penal”, en El Diario, Santa Rosa, 27 de febrero de 2001.
- “Las perspectivas estatales dominantes en el tratamiento de la relación seguridad-inseguridad”, en El Diario, Santa Rosa, 18 de marzo de 2001.
- “La hora más difícil del Derecho Penal Internacional”, en www.derechopenalonline.com.
- “Sistema penal, bienes jurídicos y control social en Latinoamérica”, en www.derechopenalonline.com.
- “El verdadero golpe”, en www.derechopenalonline.com.
- “El eterno retorno”, en www.derechopenalonline.com.
ALARCÓN, Cristian. “El 10 % de los presos con permisos se fugó en 1999”, en Página/12, Buenos Aires, 12 de marzo de 2000.
- “Al preso le dicen andá y matá”, en Página/12, Buenos Aires, 8 de junio de 2001.
- “Escuadrones de la muerte”, en Antirrepresivo, Buenos Aires, CORREPI, mayo de 2002.
- “El comedor de la Justicia”, en Página/12, Buenos Aires, 28 de julio de 2002.
ALAYON, Norberto. Asistencia y Asistencialismo. ¿Pobres controlados o Erradicación de la Pobreza? Buenos Aires, Hvmanitas, 1992.
ALLER MAISSONAVE, Germán. “Aspectos penales y criminológicos sobre las drogas prohibidas”, en ELBERT y otros (coordinadores), La Criminología del siglo XXI en América Latina, parte segunda. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 2002.
AMIN, Samir. Página/12, suplemento RADAR libros, Buenos Aires, 3 de junio de 2001.
ANDALO, Paula. “Tres de cada cuatro chicos en edad escolar no desayunan bien”, en Clarín, Buenos Aires, 15 de noviembre de 2000.
ANIYAR de CASTRO, Lola. “El triunfo de Lewis Carroll”, en ELBERT (coordinador), La Criminología del siglo XXI en América Latina. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 1999.
Antirrepresivo, Buenos Aires, CORREPI, julio de 1998, abril de 1999, agosto de 1999, abril de 2001, diciembre de 2001 y mayo de 2002.
ANTONY GARCIA, Carmen. “Criminología, victimología y movimiento feminista: estado actual y perspectivas de integración en la criminología del siglo XXI”, en ELBERT (coordinador), La criminología del siglo XXI en América Latina. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 1999.
APPADURAI, Arjun. Página/12, suplemento RADAR libros, Buenos Aires, 15 de julio de 2001.
ARNEDO, Fernando. “Bases y puntos de partida para el abordaje de la problemática de la seguridad urbana y la prevención del delito”, en www.derechopenalonline.com.
ARNEDO, Fernando y FLOGIA, Sebastián. “Cárcel sin fábrica: Una mirada totalizadora en torno de la postmoderna condición carcelaria”, en I Seminario de Derecho Penal y Criminología. Santa Rosa, UNLPam, 15 y 16 de noviembre de 2001.
ATTALI, Jacques. “En busca de un poder global”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 27 de septiembre de 1998.
AVIGNOLO, María. “Londres y París perdonan la deuda a los países más pobres”, en Clarín, Buenos Aires, 19 de diciembre de 1999.
AZCUY, Eduardo. Mirar desde el sur. Buenos Aires, Biblos, 1994.
AZNAREZ, Juan. “Cuando la montaña va al Parlamento”, en Página/12, Buenos Aires, 24 de marzo de 2001.
AZPIAZU, Daniel y NOCHTEFF, Hugo. “La democracia condicionada. Quince años de economía”, en Quince años de Democracia. Ensayos sobre la nueva república. Buenos Aires, Norma, 1998.
BALBASTRE, Gilles y BINHAS, Stéphane. “Vida y alienación en la nueva fábrica”, en Le Monde, Buenos Aires, junio de 2000.
BALESTENA, Eduardo. “El Sistema Judicial: marco e intimidad de sus prácticas”, en www.derechopenalonline.com.
BARATTA, Alessandro. Criminología crítica y crítica del derecho penal. México, Siglo XXI, 2000.
BARBANO, Rolando. “¿La cocaína es más barata que la cerveza?”, en Clarín, Buenos Aires, 14 de enero 2001.
BAUDRILLARD, Jean. El crimen perfecto. Barcelona, Anagrama, 1996.
BECCARIA, Cesare. De los delitos y de las penas. Barcelona, Altaya, 1997.
BECK, Ulrich. Página/12, suplemento RADAR libros, Buenos Aires, 12 de septiembre de 1999.
- Clarín, Buenos Aires, 26 de septiembre de 1999.
BELTRAN, Mónica. “Los segregados del aula y el recreo”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 24 de mayo de 1998.
BERGALLI, Roberto. ¿De cuál derecho y de qué control social se habla?, s/d.
- Hacia una cultura de la jurisdicción: Ideologías de jueces y fiscales. Argentina. Colombia. España. Italia. Buenos Aires, Ad-Hoc, 1999.
BERGALLI, Roberto y colaboradores. Control social punitivo. Sistema Penal e Instancias de Aplicación (Policía, Jurisdicción y Cárcel). Barcelona, Bosch, 1996.
BERMUDEZ, Ismael. “Trabajo, en vez de escuela y juguetes”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 7 de junio de 1998.
BIDART CAMPOS, Germán. Manual de la Constitución Reformada, tomo II. Buenos Aires, Ediar, 2000.
BILBAO, Luis. “Chávez frena a la oposición”, en Le Monde, Buenos Aires, abril de 2002.
BINDER, Alberto y RAMIREZ, Silvina. “Ciudad Judicial no significa más justicia”, en Clarín, Buenos Aires, s/f.
BISCAY, Pedro y VACANI, Pablo. “Entre la irracionalidad penitenciaria y la inmadurez judicial... o de la necesidad de decirle más verdades a lo cierto”, en X Congreso Nacional de Derecho Penal y Criminología, en homenaje a Alessandro Baratta, Buenos Aires, 2002.
BLAIR, Tony. “¿Qué hacer ante el cambio climático? Debemos adoptar posturas radicales”, en Clarín, Buenos Aires, 18 de abril de 2001.
BLANDO, Oscar. Detención policial por averiguación de antecedentes. Estado de Derecho, Policía y abuso de poder. Rosario, Juris, 2000.
Boletín Criminológico, Nº 53, Málaga, Mayo-Junio de 2001.
Boletín del Movimiento Pampeano por los Derechos Humanos, Santa Rosa, Nº 1, octubre de 1999 y Nº 3, diciembre de 2001.
Boletín Salesiano, Nº 560, Buenos Aires, 1998.
BOMBINI, Gabriel. Poder Judicial y Cárceles en la Argentina. Buenos Aires, Ad-Hoc, 2000.
BOMPADRE, Francisco. Un estudio sobre la realidad carcelaria. Santa Rosa, UNLPam, 2000. (inédito)
- “La caricatura de las drogas”, en La Puerta, Santa Rosa, marzo de 2001.
- “La Desjusticia”, en La Puerta, Santa Rosa, abril de 2001.
- “El Desciudadano”, en La Puerta, Santa Rosa, mayo de 2001.
- La droga como control social. Santa Rosa, mayo de 2001. (inédito)
- “Este modelo cierra con sangre y muerte”, en La Reforma, General Pico, 29 de junio de 2001.
- “Nos quedan pocas venas abiertas”, en La Arena, Santa Rosa, 14 de noviembre de 2001.
- “El Preso-mercancía”, en I Seminario de Derecho Penal y Criminología. Santa Rosa, UNLPam, 15 y 16 de noviembre de 2001.
- “Represión policial: La seguridad ciudadana”, en Movimiento Pampeano por los Derechos Humanos, Nº 3, Santa Rosa, diciembre de 2001.
- “Tribuna del lector”, en La Arena, Santa Rosa, 3 de enero de 2002.
- “El rector de la UNLPam, ¿extraña la dictadura?”, en Lumbre, Santa Rosa, enero de 2002.
- “Otoño del patriarca”, en La Arena, Santa Rosa, 27 de febrero de 2002.
- “Fueron directamente a ´chupar´ a los tres trabajadores de Techint”, en Lumbre, Santa Rosa, marzo de 2002.
- De la revolución industrial al preso-mercancía: ¿Una evolución planificada? Santa Rosa, UNLPam, 2002 (inédito).
BONASSO, Miguel. “La propuesta de Fidel”, en Página/12, Buenos Aires, 3 de octubre de 2001.
- “El irresistible ascenso de Daniel H.”, en Página/12, Buenos Aires, 7 de julio de 2002.
- “Cartoneros, los que nadie quiere ver”, en Página/12, Buenos Aires, 28 de julio de 2002.
BOURDIEU, Pierre. “Más ganancias, menos cultura”, en Clarín, Buenos Aires, 24 de noviembre de 1999.
- Sobre la televisión. Barcelona, Anagrama, 2000.
- “Discurso pronunciado en la Gare de Lyon de París, ante los trabajadores en huelga el 12 de diciembre de 1995”, en Página/12, suplemento RADAR libros, Buenos Aires, 3 de febrero de 2002.
- “Los investigadores y el movimiento social”, en Le Monde, Buenos Aires, febrero de 2002.
- “Contra la política de la despolitización”, s/d.
BOVINO, Alberto. “La víctima como preocupación del abolicionismo penal”, en De los delitos y de las penas. Buenos Aires, Ad-Hoc, 1992.
BRINSEK, Jorge. “Cárceles para pobres e infelices sin recursos. Jueces sin sentido común”, en La Arena, 23 de abril de 2001.
BRUZZONE, Gustavo. “Ley de drogas, política criminal y fuero federal de la ciudad de Buenos Aires”, en La Ley, Buenos Aires, 1994, tomo D.
BUJAN, Javier y FERRANDO, Víctor. La Cárcel Argentina. Una perspectiva crítica. Buenos Aires, Ad-Hoc, 1998.
BULARD, Martine. “El trabajo, esa máquina de matar”, en Le Monde, Buenos Aires, diciembre de 2001.
BUSCAGLIA, Adolfo. “Apertura y desigualdad”, en Clarín, Buenos Aires, 26 de septiembre de 1999.
BUSTELO, Eduardo. “La pobreza y sus discursos”, en Clarín, Buenos Aires, 12 de octubre de 1999.
CALCAGNO, Alfredo y CALCAGNO, Eric. “La deuda externa, un proyecto político”, en Le Monde, Buenos Aires, junio de 2000.
- “Un sistema retrógrado y troglodita”, en Le Monde, Buenos Aires, octubre de 2001.
CAMPANARIO, Sebastián. “Los arrebatos de la desigualdad”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 5 de septiembre de 1999.
CAMPANINO, Daniela, BOMPADRE, Florencia y BOMPADRE, Francisco. “¿Por qué represores?”, en Lumbre, Santa Rosa, agosto de 2002.
CAMPBELL, Duncan. “El nuevo jefe antidrogas de Bush es un viaje de ida para el Senado”, en Página/12, Buenos Aires, 9 de septiembre de 2001.
Capítulo Criminológico. Revista de las disciplinas del control social, volumen 27, Nº 2, Maracaibo, 1999.
CAPONI, Ricardo. “Una pobreza repulsiva”, en revista Mensaje, junio de 1998, página web: www.mensaje.com.
CARAVELOS, Sofía y CÓRICA, Pablo. “La detención por averiguación de Antecedentes”, en ELBERT y otros (coordinadores), La Criminología del siglo XXI en América Latina, parte segunda. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 2002.
CARBAJAL, Mariana. “Un pesado los da vuelta y medio”, en Página/12, Buenos Aires, 7 de noviembre de 1999.
- “Los chicos sin hierro. Resultados alarmantes en un estudio nutricional de los niños del conurbano”, en Página/12, Buenos Aires, 25 de marzo de 2001.
CARDELLI, Mariano. “Proyecto de una criminología para criminólogos”, en Congreso Internacional La criminología del siglo XXI en América Latina. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, UBA, 1999.
CARDOZO, Oscar. “Los temblores del capitalismo”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 30 de agosto de 1998.
CARRERAS, Eduardo. La acción de reparación del daño en el proceso penal. Buenos Aires, Cooperadora de Derecho y Ciencias Sociales, 1976.
CARRICART. Mario. “Escuela y Derecho Penal como sistemas de coerción Social”, en www.derechopenalonline.com.
CARRIÓ, Alejandro. Garantías constitucionales en el proceso penal. Buenos Aires, Hammurabi, 1994.
- “Pelilargos y edictos policiales”, en AA.VV, En defensa de los derechos civiles. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2000.
CASTAÑEDA, Jorge. El problema del ascenso de la criminalidad, 1998, s/d.
CASTILLO, José. “Reforma del Estado. Crisis del Estado: ¿crisis de legitimidad de lo público?”, en Revista Realidad Económica, Buenos Aires, Nº 98, 1990.
CATALANI, Franco. “Sujetos de derecho”, en La Reforma, General Pico, 29 de agosto de 1999.
CAVAROZZI, Marcelo. El capitalismo político tardío y su crisis en América Latina. Rosario, Homo Sapiens, 1996.
CAVIGLIA, María (ed.) Mujeres y niños en la revolución industrial, Inglaterra 1750-1850. Bahía Blanca, Universidad Nacional del Sur, 1996.
CEBRIAN, Juan. La Red. Cómo cambiarán nuestras vidas los nuevos medios de comunicación. Buenos Aires, Taurus, 1998.
Centro de Estudios Legales y Sociales, Informe sobre la situación de los Derechos Humanos en Argentina (1996), Buenos Aires, CELS, 1997.
Centro de Estudios Legales y Sociales, Informe sobre la situación de los Derechos Humanos en Argentina (1997), Buenos Aires, Eudeba, 1998.
Centro de Estudios Legales y Sociales, Informe sobre la situación de los Derechos Humanos en Argentina (2000), Buenos Aires, Catálogos-Siglo XXI, 2001.
CEPAL, “Panorama Social de América Latina”, 1998, en www.eclac.org.
CESANO, José. Los objetivos constitucionales de la ejecución penitenciaria. Córdoba, Alveroni, 1997.
CHAMPAGNE, Patrik. “La visión mediática”, en BOURDIEU (director), La miseria del mundo. Buenos Aires, FCE, 2000.
CHANCELLOR, Edward. “Fraude en America Inc.”, en Página/12, Buenos Aires, 30 de junio de 2002.
CHOMSKY, Noam. Política y cultura a finales del siglo XX. Un panorama de las actuales tendencias. Buenos Aires, Ariel, 1996.
- “La Guerra Fría como pretexto imperial”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 17 de septiembre de 2000.
- “Antes había dictadores, ahora hay tiranos privados”, en Clarín, Buenos Aires, 4 de julio de 2001.
- “Ampliar los poderes de Bush es ultracriminal”, en Página/12, Buenos Aires, 26 de septiembre de 2001.
- “Un enorme regalo a la derecha”, en Locas, cultura y utopías, Buenos Aires, octubre-noviembre de 2001.
- “Crímenes para evitar atrocidades”, en Le Monde, Buenos Aires, diciembre de 2001.
CHRISTIE, Nils. “Los conflictos como pertenencia”, en De los delitos y de las penas. Buenos Aires, Ad-Hoc, 1992.
- La industria del control del delito. ¿La nueva forma del holocausto? Buenos Aires, del Puerto, 1993.
- “El control de las drogas como un avance hacia condiciones totalitarias”, en Criminología crítica y control social, Nº 1, Rosario, Juris, 1993.
CIRIZZU DE RABUFFETTI, Susana. Breve ensayo acerca de las principales escuelas criminológicas. Buenos Aires, Fabián J. Di Plácido, 1999.
Clarín, “El delito, una forma de mejorar la vida”, “Las pandillas que se mueven en el norte del conurbano” y “Bananitas, Toritos y Peladitos”, Buenos Aires, 12 de septiembre de 1999, “Marginalidad y delito juvenil”, 20 de septiembre de 1999, editorial “Derechos de la niñez y pobreza”, 25 de septiembre de 1999, “El pleno empleo es apenas una ilusión”, 26 de septiembre de 1999, editorial “Poblaciones en la pobreza”, 12 de octubre de 1999, editorial “La geografía de la pobreza”, 20 de octubre de 1999, “La herencia de un país más moderno y con más pobreza”, 24 de octubre de 1999, “Radiografía de las adicciones”, 8 de diciembre de 1999, “El mandato de Colonia”, 19 de diciembre de 1999, editorial “Delito, mafia y crisis del Estado”, 23 de febrero de 2000, “Aumento mundial del consumo y procesamiento de drogas”, 24 de febrero de 2000, editorial “Globalización de la lucha antidrogas”, 1º de marzo de 2000, “la fuga de 16 presos peligrosos que habían salido con permiso”, 8 de marzo de 2000, “Inauguran en Madrid la primera narcosala”, 24 de mayo de 2000, “Corrupción en las cárceles”, 23 de julio de 2000, “Cómo es el mercado negro de armas en Argentina”, 11 de octubre de 2000, “En EE.UU gastan u$s 62.000 millones al año en drogas ilegales”, 5 de enero de 2001, “Contrata seguridad privada el 25 % de los edificios de departamentos”, 7 de enero de 2001 y editorial “Una cárcel y una paradoja social”, 18 de abril de 2001.
COLAUTTI, Carlos. Derechos Humanos. Buenos Aires, Universidad, 1995.
Compromiso, Revista de la Cátedra Libre Extracurricular sobre Derechos Humanos, Nº 4, Santa Rosa, UNLPam, Marzo-Abril de 2001 y Nº 6, Santa Rosa, UNLPam, mayo-junio de 2002.
COMTE, Augusto. Discurso sobre el espíritu positivo. Barcelona, Altaya, 1995.
COSENTINO, Olga. “Teatro contra la violencia”, en Clarín, Buenos Aires, 14 de diciembre de 1999.
Cuentas Pendientes, publicación de la Cátedra Libre de Derechos Humanos, Facultad de Filosofía y Letras-UBA, septiembre de 1999.
CREUS, Carlos. Ideas penales contemporáneas. Buenos Aires, Astrea, 1985.
- Derecho procesal penal. Buenos Aires, Astrea, 1996.
Criminología Crítica y Control Social. “El Poder Punitivo del Estado”, Nº 1. Rosario, Juris, 1993.
Criminología Crítica y control Social. “Orden o Justicia. El falso dilema de los intolerantes”, Nº 2. Rosario, Juris, 2000.
CUFRÉ, David. “Nuevo intento de llevar la deuda externa al banquillo. Iniciativa de juristas y académicos”, en Página/12, Buenos Aires, 31 de julio de 2002.
D´ALBORA, Francisco. Código Procesal Penal de la Nación. Anotado, comentado y concordado. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1996.
D´ALEMA, Massimo. “Se despertó el fantasma de la derecha”, en Clarín, Buenos Aires, 25 de octubre de 2000.
D´ANDREA MORH, José. “Memoria debida. La escuela de las Américas y otras enseñanzas”, en Fuerzas Armadas y Derechos Humanos. ¿Es posible alcanzar el equilibrio? Madrid, Miño y Dávila, 2000.
DAIEN, Samuel. Enciclopedia Jurídica. Buenos Aires, Omeba, 1955, Tomo II.
DAYENOFF, David. Código Penal. Concordancias, comentarios, jurisprudencia, esquemas de defensa. Buenos Aires, A-Z, 1996.
DEBESA, Fabián. “Alertan sobre grandes demoras en la Justicia bonaerense”, en Clarín, Buenos Aires, 25 de octubre de 2000.
DEBRAY, Régis. El Estado Seductor. Las revoluciones mediológicas del poder. Buenos Aires, Manantial, 1995.
DELEUZE, Gilles. Posdata sobre las sociedades de control. Quilmes, apunte de 2º año, Escuela de Psicología Social del Sur.
DELGADO RAMOS, Gian. “La biopiratería y la propiedad intelectual como piedra angular del dominio tecnológico por y para el capital”, en La Maza, Buenos Aires, julio de 2001.
DI PIETRO, Alfredo y LAPIEZA ELLI, Ángel. Manual de derecho romano. Buenos Aires, Depalma, 1999.
DI TELLA, Torcuato y otros. Diccionario de Ciencias Sociales y Políticas. Buenos Aires, Emecé, 2001.
DIAMIT, Rut. “En América latina, los militares regresan por otra vía”, en Clarín, Buenos Aires, 13 de mayo de 2001.
DIAZ, Esther (comp.) La producción de los conceptos científicos. Buenos Aires, Biblos, 1994.
- Posmodernidad. Buenos Aires, Biblos, 1999.
DIAZ, Javiera. “Fragmentación del espacio: enrejamiento y criminalización de la ciudad de Santiago”, en www.derechopenalonline.com.
DIETERICH, Heinz. “Nadie se va a salvar solo”, en Locas, cultura y utopías, Buenos Aires, diciembre de 2000.
Diccionario Enciclopédico. Buenos Aires, El Ateneo, 1974, tomo II.
DIEZ de VELASCO, Manuel. Las Organizaciones Internacionales. Madrid, Tecnos, 1996.
DUBY, Georges. Atlas histórico mundial. Madrid, Debate, 1997.
DUHALDE, Eduardo. “Poder, política y derecho”, en Le Monde, Buenos Aires, febrero de 2002.
EDWARDS, Carlos. Régimen de ejecución de la pena privativa de libertad. Buenos Aires, Astrea, 1997.
El fisgón, Santa Rosa, enero de 2001, octubre de 2001, noviembre de 2001, diciembre de 2001, enero de 2002, febrero de 2002, mayo de 2002 y junio de 2002.
ELBERT, Carlos. “Cárceles y penas, al filo del tercer milenio”, en Lecciones y Ensayos, Nº 66. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1996.
- Criminología Latinoamericana. Teoría y propuestas sobre el control social del tercer milenio. Buenos Aires, Universidad, 1996, capítulo IV, parte primera.
- Manual básico de Criminología. Buenos Aires, Eudeba, 1998.
- Criminología Latinoamericana. Teoría y Propuestas sobre el control social del tercer milenio, parte segunda. Buenos Aires, Universidad, 1999.
-(coordinador) La criminología del siglo XXI en América Latina. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 1999.
- “Bases para un pensamiento criminológico del siglo XXI”, en ELBERT (coordinador) La Criminología del siglo XXI en América Latina. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 1999.
- Manual básico de Criminología. Buenos Aires, Eudeba, segunda edición, 2001.
- “El sistema penal ante las exigencias del presente”, en Primer encuentro argentino de profesores de Derecho Penal. Santa Fe, 27-28 y 29 de Septiembre de 2001.
- “El fin de las utopías y la tentación de reconstruirlas: El duro camino de la criminología”, en I Seminario de Derecho Penal y Criminología. Santa Rosa, UNLPam, 15 y 16 de noviembre de 2001.
ELBERT, Carlos y colaboradores. La Universidad en las Cárceles Argentinas. Buenos Aires, Depalma, 2000.
ELBERT, Carlos y otros (coordinadores), La Criminología del siglo XXI en América Latina, parte segunda. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 2002.
ESPINO, Amanda y BISCAY, Pedro. “Sexo, mentiras y cárceles”, en www.derechopenalonline.com.
ETCHEVERRY, Gerardo. “la judicialización de los Conflictos Sociales”, en Compromiso, Revista de la Cátedra Libre Extracurricular sobre Derechos Humanos, Nº 6, Santa Rosa, UNLPam, mayo-junio de 2002.
EVERS, Tilman. “Identidad: la faz oculta de los nuevos movimientos sociales”, en MARTINEZ SAMECK, Sociología, CBC-UBA, 1996.
FAIRSTEIN, Carolina y ROSSI, Julieta. “Comentario a la Observación General Nº 9 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”, en Revista Argentina de Derechos Humanos, Nº 0. Buenos Aires, Ad-Hoc, 2001.
FEINMANN, José. “Nosotros, el pueblo”, en Página/12, Buenos Aires, 24 de marzo de 2001.
FELLINI, Zulita. Derecho Penal de Menores. Buenos Aires, Ad-Hoc, 2001.
FERNANDEZ, Gabriel. “Acerca de la influencia de los medios de comunicación”, en Compromiso, Boletín de la Cátedra Libre Extracurricular sobre Derechos Humanos, Nº 4, Santa Rosa, UNLPam, Marzo-Abril de 2001.
FERNÁNDEZ, Gonzalo. “La expansión del sistema penal ante el nuevo milenio”, en MESUTI y SAMPEDRO ARRUBLA (compiladores), La Administración de Justicia en los albores del tercer milenio. Buenos Aires, Universidad, 2001.
FERNÁNDEZ, Valeria. “Paternalismo o protección integral. Algunas consideraciones sobre la legislación vigente en materia de derecho penal de menores”, en I Seminario de Derecho Penal y Criminología. Santa Rosa, UNLPam, 15 y 16 de noviembre de 2001.
FERNÁNDEZ BLANCO, Carolina. “La prisión preventiva, su adecuación al programa constitucional argentino”, en Lecciones y Ensayos, N° 66. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1996.
FERNÁNDEZ BUSSI, Juan y LORAT, Martín. “Criminalización de la protesta”, en I Seminario de Derecho Penal y Criminología. Santa Rosa, UNLPam, 15 y 16 de noviembre de 2001.
- “Superpoblación carcelaria: Una perspectiva desde la presunción de inocencia”, en www.derechopenalonline.com.
FERNÁNDEZ NOVOA, Sergio y GIARONE, Daniel. Voces claras en medio del ruido. La Argentina y la globalización desde una perspectiva crítica. Buenos Aires, Federación Judicial Argentina, 2001.
FERRAJOLI, Luigi. Prefacio a MESUTTI y SAMPEDRO ARRUBLA (compiladores), La Administración de Justicia en los albores del tercer milenio. Buenos Aires, Universidad, 2001.
FERRER, Aldo. La economía argentina. Las etapas de su desarrollo y problemas actuales. Buenos Aires, FCE, 1992.
- El capitalismo argentino. Buenos Aires, FCE, 1998.
- “Atrapados en la globalización”, en Clarín, Buenos Aires, 11 de julio de 2001.
FERRER, Christian. “El hombre pantalla”, en MARTINEZ SAMECK, Sociología, CBC-UBA, 1996.
- “Una palabra del idioma castellano. Historia experimentada, historia póstuma y drama jurídico”, en Compromiso, Boletín de la Cátedra Libre Extracurricular sobre Derechos Humanos, Nº 4, Santa Rosa, UNLPam, Marzo-Abril de 2001.
FERREYRA, Pilar. “El paraíso perdido. Distribución del ingreso en los 90”, en Clarín, Buenos Aires, 23 de julio de 2000.
- “Los ´sin techo´ no se privan de la palabra”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 17 de septiembre de 2000.
FINKIELKRAUT, Alain. La derrota del pensamiento. Barcelona, Anagrama, 1990.
FITOUSSI, Jean. “Un Estado más inteligente”, en Clarín, Buenos Aires, 17 de noviembre de 1999.
FLAHERTY, Mary y STEPHENS, Joe. “EE.UU: quieren usar a bebés pobres de Latinoamérica para experimentos”, en Clarín, Buenos Aires, 24 de febrero de 2001.
FOGLIA, Sebastián. “Derechos Humanos: su aplicación frente a la superpoblación carcelaria”, en www.derechopenalonline.com.
FOGLIATTI, Leandro. “Ahora nosotros tomamos el control”, en Lumbre, Santa Rosa, junio de 2002.
FORRESTER, Viviane. El horror económico. Buenos Aires, FCE, 1997.
- Una extraña dictadura. Buenos Aires, FCE, 2000.
FOUCAULT, Michel. “Entrevista sobre la prisión: El libro y el método”, en Microfísica del poder. Madrid, La Piqueta, 1992.
- Un diálogo sobre el poder. Barcelona, Altaya, 1998.
- Vigilar y Castigar: nacimiento de la prisión. México, Siglo XXI, 2000.
FRAGA, Rosendo. “Protestas en las cárceles”, en La Nación, Buenos Aires, 18 marzo de 2000.
FREIRE, Paulo. Pedagogía del oprimido. Buenos Aires, Siglo XXI, 1974.
FREIXAS, Eugenio. “Informe al H. Congreso de la Nación sobre las tareas desarrolladas por el Procurador Penitenciario en el segundo año de su gestión (1994-1995)” en Lecciones y Ensayos, N° 66. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1996.
FROMM, Erich. ¿Tener o Ser? México, FCE, 1998.
FRONDIZI, Risieri. ¿Qué son los valores? México, FCE, 1990.
FUCITO, Felipe. Sociología general. Buenos Aires, Universidad, 1995.
- ¿Podrá cambiar la Justicia en la Argentina? Buenos Aires, FCE, 2002.
GABETTA, Carlos. “Ingobernable Argentina”, en Le Monde, Buenos Aires, junio de 2002.
GALEANO, Eduardo. Las venas abiertas de América Latina. Buenos Aires, Catálogos, 1998.
- Uselo y Tírelo. El mundo del fin del milenio visto desde una ecología latinoamericana. Buenos Aires, Planeta Bolsillo, 1998.
- Patas arriba. La escuela del mundo al revés. Buenos Aires, Catálogos, 1999.
- “El teatro del bien y del mal”, en Página 12, Buenos Aires, 23 de septiembre de 2001.
- “Ánimo con el desánimo”, en el Fisgón, Santa Rosa, mayo de 2002.
GALLARDO, Diana. “Encerrados en España”, en La Maza, Buenos Aires, julio de 2001.
GALLETTI, Alfredo. Historia constitucional argentina. La Plata, Platense, 1987, tomos 1 y 2.
GAMBIER, Beltrán y ROSSI, Alejandro. Derecho Administrativo Penitenciario. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2000.
GANÓN, Gabriel. “La lucha por el derecho o la reforma del sistema de (in) justicia”, en Criminología Crítica y Control Social, Nº 2. Rosario, Juris, 2000.
GARCIA BASALO, Juan. El régimen penitenciario argentino. Antecedentes, ley penitenciaria, aplicación. Buenos Aires, Librería del Jurista, 1975.
GARCIA MENDEZ, Emilio. Derecho de la Infancia-Adolescencia en América Latina: De la Situación Irregular a la Protección Integral. Ibagué, Forum Pacis, 1997.
GARCIA VALDEZ, Carlos. Estudios de derecho penitenciario. Madrid, Tecnos, 1.982.
- Teoría de la pena. Madrid, Tecnos, 1985.
GARELLI, Matías, STASI, Juan y FOGLIA, Sebastián. “Criminalización de la pobreza en la provincia de Buenos Aires”, en www.derechopenalonline.com.
GELMAN, Juan. “Máscaras”, en Página/12, Buenos Aires, 26 de mayo de 1997.
- “Ejes”, en Página/12, Buenos Aires, 7 de julio de 2002.
- “Espiáos los unos a los otros”, en Página/12, Buenos Aires, 21 de julio de 2002.
GHERSI, Carlos. “La posmodernidad jurídica. Una aproximación al análisis de los excluidos en el derecho”, en La Ley. Buenos Aires, 8 de mayo de 1997.
- “Las decisiones políticas y el respeto por los Derechos Constitucionales”, en Revista del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de La Pampa, Nº 52, Santa Rosa, abril-junio de 2001.
GINZBERG, Victoria. “Policías formados para tirar”, en Página/12, Buenos Aires, 2 de julio de 2002.
GIUBELLINO, Gabriel. “Más de mil personas duermen en las calles de la ciudad”, en Clarín, Buenos Aires, 15 de noviembre de 2000.
GONZÁLEZ, Fernando. “La herencia de un país más moderno y con más pobreza”, en Clarín, Buenos Aires, 24 de octubre de 1999.
GONZÁLEZ VIDAURRI, Alicia. “Criminología: vida y movimiento”, en ELBERT (coordinador), La Criminología del siglo XXI en América Latina. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 1999.
GUBERN, Román. El eros electrónico. Madrid, Taurus, 2000.
- Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 22 de abril de 2001.
GUEVARA LYNCH, Guillermo. Constitución de la Nación Argentina. Texto según reforma de 1994, contiene todos los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, ordenado y compilado. Buenos Aires, 1994.
HARRIS, Marvin. Introducción a la antropología general. Madrid, Alianza Universidad Textos, 1994.
HEGUY, Silvina. “diez mil personas inauguraron ayer un mercado del trueque en Quilmes”, en Clarín, Buenos Aires, 2 de mayo de 2001.
HOBBES, Thomas. Leviatán. Barcelona, Altaya, 1997.
HOBSBAWN, Eric. En torno a los orígenes de la revolución industrial. Buenos Aires, Siglo XXI, 1975.
- “¿Qué es el bandolerismo social?”, “¿Quién se hace bandido?”, “La economía y la política del bandolerismo” y “El bandido como símbolo”, en Bandidos. Barcelona, Ariel, 1976.
HOROWICZ, Alejandro. “El nuevo poder mundial. Capitalismo de fin de siglo”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 6 de septiembre de 1998.
HUGO, Víctor. Los Miserables. México, Porrúa, 1996.
HULSMAN, Louk. “El enfoque abolicionista: políticas criminales alternativas”. Criminología crítica y control social, Nº 1. Rosario, Juris, 1993.
HUXLEY, Aldous. Un mundo feliz. Barcelona, Plaza & Janéz, 1998.
Informe de las Organizaciones No Gubernamentales Argentinas sobre los Derechos Humanos en Argentina, 1995, en www.derechos.org/nizkor.
JACKSON, James. “Mátalo de una vez”, en Noticias, Buenos Aires, 7 de noviembre de 1993.
JALDA, Mauricio y ROSSI, Pablo. “Vigilancia privada: los límites de la mirada”, en I Seminario de Derecho Penal y Criminología. Santa Rosa, UNLPam, 15 y 16 de noviembre de 2001.
James Petras en Argentina. Buenos Aires, Mario Hernández editor, abril de 2001.
JURI, Daniel. “Ochenta mil historias”, en Clarín, Buenos Aires, 11 de mayo de 1997.
JUSTO, Marcelo. “Primer golpe judicial contra la política de terror de Tony Blair”, en Página/12, Buenos Aires, 31 de julio de 2002.
KAFKA, Franz. El Proceso. Barcelona, Altaya, 1994.
- En la colonia penitenciaria. Madrid, Alianza Cien, 1995.
KALINSKY, Beatriz. Justicia, Cultura y Derecho Penal. Buenos Aires, Ad-Hoc, 2000.
KENT, Jorge. La resocialización de los penados. Un desafío en el nuevo milenio. Buenos Aires, Ad-Hoc, 1998.
- “Los problemas judiciales y penitenciarios”, en La ley. Buenos Aires, 1999, tomo C, sección doctrina.
KLEIN, Naomí. Guerra al miedo. Página/12, suplemento Radar, Buenos Aires, 5 de mayo de 2001.
- Página/12, suplemento RADAR, Buenos Aires, 13 de mayo de 2001.
KLIMOVSKY, Gregorio. Las desventuras del conocimiento científico. Una introducción a la epistemología. Buenos Aires, A-Z, 1995.
KOHAN, Néstor. “La mansedumbre del pensamiento”, en Clarín, suplemento Zona, 17 de septiembre de 2000.
KUNZ, Ana y KLIMOVSKY, Gregorio. Acerca de los planes de investigación. Buenos Aires, Universidad de Belgrano, 1995.
La Arena, “Argentina casi última en salud en Latinoamérica”, Santa Rosa, 21 de julio de 2002.
La Dictadura Militar y su incidencia en La Pampa. Santa Rosa, Subsecretaría de Cultura de la provincia de La Pampa, 1999.
La Luciérnaga, Revista cultural desde los chicos trabajadores de la calle y los sin techo, Nº 26, Córdoba, 1999.
La Maza, Buenos Aires, julio de 2001 y octubre de 2001; y suplemento especial, noviembre de 2001.
La Nación, Buenos Aires, editorial “Repitencia y deserción escolares”, 27 de marzo de 2000; y 12 marzo de 2000, 16 de marzo de 2000 y 22 de marzo de 2000, en www.lanación.com.ar.
La Señal, Buenos Aires, octubre de 2000, marzo de 2001, abril-mayo de 2001 y junio-julio de 2001.
La Señal, cuadernos, Buenos Aires, octubre-noviembre de 2001.
LARA PEINADO, Federico. Código de hammurabi. Madrid, Tecnos, 1992.
LARRANDART, Lucila. “Acceso a la justicia y tutela de los derechos de los ciudadanos”, en El sistema penal argentino. Buenos Aires, Ad-Hoc, 1992.
LARRAURI, Elena. “Victimología”, en De los delitos y de las penas. Buenos Aires, Ad-Hoc, 1992.
Le Monde diplomatique, Buenos Aires, junio de 2000, noviembre de 2001, diciembre de 2001, enero de 2002, febrero de 2002, mayo de 2002, junio de 2002 y julio de 2002.
Lecciones y Ensayos, Nº 66. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1996.
LEE, Bárbara. “El mundo de nuestros hijos”, en Página/12, Buenos Aires, 26 de septiembre de 2001.
LEVENE, Ricardo (n). “La toxicomanía como factor criminógeno”, en La ley. Buenos Aires, 1985, tomo A, sección doctrina.
LEVY, Guillermo. “Disciplina social y rentabilidad”, en La Señal, Buenos Aires, marzo de 2001.
- “Los actores invisibles”, en La Señal, Buenos Aires, junio-julio de 2001.
Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos; y Federación Internacional de Derechos Humanos, página web: www.derechos.org.
LINHART, Daniéle. “Las raíces de la desesperanza obrera”, en Le Monde, Buenos Aires, junio de 2002.
LIPCOVICH, Pedro. “Buscando un acuerdo global. Pedido por el precio de los remedios de Sida”, en Página/12, Buenos Aires, 24 de marzo de 2001.
LIPPENS, Ronnie. Entrevista en derechopenalonline.com.
LIPOVETSKY, Gilles. La era del vacío. Ensayo sobre el individualismo contemporáneo. Barcelona, Anagrama, 1998.
Locas, cultura y utopías, Buenos Aires, diciembre de 2000, mayo de 2001, junio-julio de 2001, y octubre-noviembre de 2001.
LOCK, Peter. “Privatización de la seguridad en la era de la globalización: el ejemplo de Latinoamérica”, en www.uom.edu.mx/trabajadores/21indice.htm.
LOCKE, John. Ensayo sobre el gobierno civil. Madrid, Alba, 1997.
LONCLE, François. “Placer al precio de la esclavitud ajena”, en Le Monde, Buenos Aires, noviembre de 2001.
LÓPEZ, Artemio. “Paradojas nacionales”, en Clarín, Buenos Aires, 13 de junio de 1999.
- “pobres en la madrugada”, en Clarín, suplemento Zona, 23 de abril de 2000.
- “Colapso de la teoría del derrame”, en Clarín, Buenos Aires, 23 de julio de 2000.
LOPEZ BOLADO, Jorge. Drogas y otras sustancias estupefacientes. Situación actual. Su tráfico y tenencia. Buenos Aires, Plus Ultra, 1977.
LOPEZ ZAVALETA, Javier y VISMARA, Santiago. “¿Una aproximación al castigo desde el enfoque marxista de Rusche?”, en www.derechopenalonline.com.
LOWY, Michael. “Romanticismo y revolución”, en Clarín, suplemento Cultura y Nación, Buenos Aires, 7 de enero de 2001.
LOZADA, Salvador. “Moderna condena de Sísifo”, en Le Monde, Buenos Aires, junio de 2000.
- “La deuda externa y la Constitución”, en Le Monde, Buenos Aires, diciembre de 2001.
- “O´ Neill quiere embargar”, en Le Monde, Buenos Aires, diciembre de 2001.
- “La Corte Suprema del partido único”, en Le Monde, Buenos Aires, febrero de 2002.
- “Los bancos extranjeros y sus deberes incumplidos”, en Le Monde, Buenos Aires, mayo de 2002.
Lumbre, Santa Rosa, octubre de 2001, noviembre de 2001, diciembre de 2001, enero de 2002, febrero de 2002, marzo de 2002, abril de 2002, mayo de 2002, junio de 2002 y julio de 2002.
LUMERMAN, Juan. Crisis social argentina. Conflictos, tensiones, alternativas. Buenos Aires, Lumen-Hvmanitas, 1998.
MÁNTARAS, Mirta. “La población como ´blanco´”, en Página/12, Buenos Aires, 31 de julio de 2002.
MAPELLI CAFFARENA, Borja. “Tendencias modernas en la legislación penitenciaria”, en Jornadas sobre sistema penitenciario y derechos humanos. Buenos Aires, del Puerto, 1997.
MARABOTTO, Eva. “Los barrios como un nuevo mundo”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 7 de enero de 2001.
MARAT, Jean. Plan de legislación criminal. Buenos Aires, Hammurabi, 2000.
MARCHIORI, Hilda. Institución Penitenciaria. Córdoba, Lerner, 1985.
MARCUSE, Herbert. El hombre unidimensional. Ensayo sobre la ideología de la sociedad industrial avanzada. Barcelona, Ariel, 1994.
MARIN, Emilio. “¿Dónde se violan los derechos humanos?”, en La Arena, Santa Rosa, 24 de abril de 2001.
- “Sólo falta el virrey Cisneros”, en La Arena, Santa Rosa, 29 de mayo de 2001.
- “Comenzó en Caracas la Cumbre sobre la Deuda Social”, en La Arena, Santa Rosa, 12 de julio de 2001.
- “Atacar a Bagdad, deporte preferido del texano”, en La Arena, Santa Rosa, 30 de agosto de 2001.
- “Los bancos extranjeros quieren destruir a Brasil”, en La Arena, Santa Rosa, 27 de junio de 2002.
- “Fraudes de las grandes corporaciones en EE.UU”, La Arena, Santa Rosa, 29 de junio de 2002.
MARTIN, Adrián. “Burbujas de poder que acorralan expulsando o ¿desde los centros de poder se está construyendo una subjetividad disfuncional al sistema?”, en Congreso Internacional La criminología del siglo XXI en América Latina. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, UBA, 1999.
MARTINEZ, Oscar. “Extrader, el sello de una época”, en Clarín, Buenos Aires, 18 de abril de 2001.
MARTINEZ, Stella. “¿Quién defiende a la defensa?”, en MESUTTI y SAMPEDRO ARRUBLA (compiladores), La Administración de Justicia en los albores del tercer milenio. Buenos Aires, Universidad, 2001.
MARTINEZ SAMECK, Pablo. “Desigualdades sociales”, en Sociología, CBC-UBA, 1996.
MAURACH, Reinhart, GOSSEL, Karl y ZIPF, Heinz. Derecho penal. Parte General. Buenos Aires, Astrea, 1995, tomo II.
MELOSSI, Darío. El estado del control social. México, Siglo XXI, 1992.
- “Ideología y derecho penal. Garantismo jurídico y criminología crítica: ¿Nuevas ideologías de la subordinación?”, en Nueva doctrina penal. Buenos Aires, del Puerto, 1996/A.
MELOSSI, Darío y PAVARINI, Massimo. “Cárcel y trabajo en Europa y en Italia en el período de la formación del modo de producción capitalista”, en Cárcel y Fábrica: los orígenes del sistema penitenciario (siglos XVI-XIX). México, Siglo XXI, 1980.
MESUTTI, Ana y SAMPEDRO ARRUBLA, Julio (compiladores). La Administración de Justicia en los albores del tercer milenio. Buenos Aires, Universidad, 2001.
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, página web: www.jus.gov.ar
MINUJIN, Alberto (ed.) Desigualdad y exclusión. Desafíos para la política social en la Argentina de fin de siglo. Buenos Aires, UNICEF-Losada, 1993.
MOJER, Mario. La Ley de las Doce Tablas. La Plata, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Nacional de La Plata, 1994.
MONCAYO, VINUESA y GUTIERREZ POSSE. Derecho Internacional Público. Buenos Aires, Zavalía, 1997, tomo I.
MONES, Carlos. La cárcel: los hombres que la habitan. Buenos Aires, Guadalupe, 1988.
MOÑINO, Verónica. “Concentración monopólica de medios y desequilibrio informativo”, en www.criminologia21.com.ar.
MONTALBÁN, Lucrecia. “La prensa y el espacio público”, en Página/12, suplemento Radar libros, Buenos Aires, 14 de julio de 2002.
MONTECINOS, Hernán. Derechos Humanos entre realidades y convencionalismos. A 50 años de la Declaración Universal. Valparaíso, Lar, 1998.
MONTENEGRO, Claudio. “Dejar de reprimir a los menores y darles oportunidad de vivir dignamente”, en La Reforma, General Pico, 22 de junio de 2001,
MONTESQUIEU, barón de. Del espíritu de las leyes. Buenos Aires, Orbis, 1984.
MORANDINI, Norma. “Favelas de bala y miel”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 28 de noviembre de 1998.
- “Los olvidados de Papá Noel”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 26 de diciembre de 1999.
MORENO, Karina. “Globalización y migración: Arizona o las fronteras del mundo”, en La Maza, Buenos Aires, julio de 2001.
MORI, Giorgio. La Revolución Industrial. Barcelona, Crítica, 1983.
Movimiento Pampeano por los Derechos Humanos. “La dictadura en La Pampa. Registro periodístico del período 1975-1977”, Santa Rosa, s/f.
MURILLO, Susana. “Alienismo y modelo correccional. La paradoja del contrato social”, en ELBERT y otros (coordinadores), La Criminología del siglo XXI en América Latina, parte segunda. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 2002.
NAVARRO, Alejandro. “La peligrosidad y la internación psiquiátrica”, en Congreso Internacional La criminología del siglo XXI en América Latina. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, UBA, 1999.
NAVARRO, Roberto. “Gana la banca”, en Página/12, suplemento Cash, Buenos Aires, 21 de julio de 2002.
NEUMAN, Elías. Evolución de la pena privativa de libertad y regímenes carcelarios. Buenos Aires, Pannedille, 1971.
- La legalización de las drogas. Buenos Aires, Depalma, 1991.
- “No a la prisión”, en Lecciones y Ensayos, Nº 66. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1996.
- El problema sexual en las cárceles. Buenos Aires, Universidad, 1997.
- Los que viven del delito y los otros: la delincuencia como industria. México, Siglo XXI, 1997.
- Mediación y Conciliación Penal. Buenos Aires, Depalma, 1997.
- El Estado penal y la prisión-muerte. Buenos Aires, Universidad, 2001.
- “Cárcel, Derechos Humanos y Neoliberalismo”, en MESUTTI y SAMPEDRO ARRUBLA (compiladores), La Administración de Justicia en los albores del tercer milenio. Buenos Aires, Universidad, 2001.
- “Cárcel, sida y confidencialidad médica”, en ELBERT y otros (coordinadores) La Criminología del siglo XXI en América Latina, parte segunda. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 2002.
NIEBIESKIKWIAT, Natasha. “Uno de cada seis niños de EE.UU vive bajo el nivel de pobreza”, en Clarín, Buenos Aires, 29 de mayo de 2001.NINA, Daniel. “Ruptura o continuidad: problemas epistemológicos de la criminología de fin de siglo”, en Congreso Internacional La criminología del siglo XXI en América Latina. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, UBA, 1999.
NIÑO, Luis. “La situación carcelaria en la América Latina de fin de siglo y el malestar en la cultura Jurídica”, en Lecciones y Ensayos, N° 66. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1996.
- “Aspectos críticos de la realidad carcelaria: visitas, requisas y régimen disciplinario” en Jornadas sobre sistema penitenciario y derechos humanos. Buenos Aires, del Puerto, 1997.
- “Juez, institución e ideología”, en MESUTI y SAMPEDRO ARRUBLA (compiladores), La Administración de Justicia en los albores del tercer milenio. Buenos Aires, Universidad, 2001.
NUN, José. Democracia. ¿Gobierno del pueblo o gobierno de los políticos? Buenos Aires, FCE, 2000.
OCKHAM, Guillermo de. Sobre el gobierno tiránico del Papa. Barcelona, Altaya, 1995.
ONISHI, Norimitsu. “El amargo chocolate de los niños esclavos en Costa de Marfil”, en Clarín, Buenos Aires, 1 de agosto de 2001
PADILLA, Nelson. “EE.UU, uno de los mayores productores de marihuana”, en Clarín, Buenos Aires, 24 de febrero de 2000.
Página/12, Buenos Aires, 26 de mayo de 1997, “Un mercado negro de presos”, 7 de noviembre de 1999, 14 de noviembre de 1999, “Vía libre fueguino para la tala de los bosques”, 29 de febrero de 2000, 24 de marzo de 2001, 25 de marzo de 2001, 4 de junio de 2001, 8 de junio de 2001, 2 de julio de 2002, 3 de julio de 2002, 7 de julio de 2002 y 21 de julio de 2002 y “Cómo es el mapa del conflicto social de la Argentina según la Gendarmería”, en www.pagina12.com.ar.
Página/12, suplemento Cash, Buenos Aires, 3 de septiembre de 2000 y 26 de mayo de 2002.
Página/12, suplemento Futuro, “Teleadictos”, Buenos Aires, 11 de mayo de 2002.
Página/12, suplemento RADAR, Buenos Aires, 15 de noviembre de 1998, 22 de octubre de 2000, 25 de marzo de 2001, 9 de septiembre de 2001 y 23 de junio de 2002.
Página/12, suplemento RADAR libros, Buenos Aires, 1 de Octubre de 2000, 25 de marzo de 2001, 23 de septiembre de 2001 y 31 de mayo de 2002.
Página/30, revista mensual de Página/12, Buenos Aires, julio de 2001.
PALMIERI, Gustavo. “Policía: más atribuciones, menos seguridad”, en Clarín, Buenos Aires, 11 de julio de 2001.
PANDOLFI, Claudio. “La judicialización del conflicto social”, en Antirrepresivo, Buenos Aires, mayo de 2002.
PAPENDORF, Kunt. “La historia de la recepción del libro de Mathiesen Superen los Muros y qué hace Krom hoy en día”, en Criminología crítica y control social, Nº 2. Rosario, Juris, 2000.
Paradoja. Revista del Centro de Estudios Caseros, Nº 1, Buenos Aires, noviembre de 1995.
Patronato de Liberados: Balance y Memoria, ejercicios varios, Santa Rosa.
PAVARINI, Massimo. Control y Dominación. Teorías criminológicas burguesas y proyecto hegemónico. México, Siglo XXI, 1996.
- “La miseria del reformismo penitenciario”, introducción a RIVERA BEIRAS, Iñaki y SALT, Marcos. Los derechos fundamentales de los reclusos. España y Argentina. Buenos Aires, del Puerto, 1999.
- “Lucha contra la criminalidad organizada y ´negociación´ de la pena”, en VIRGOLINI, Julio y SLOKAR, Alejandro (coordinadores), Nada Personal.....Ensayos sobre crimen organizado y sistema de justicia. Buenos Aires, Depalma, 2001.
PAVLOVSKY, Eduardo. “Poder disciplinario”, en Página/12, Buenos Aires, 10 de julio de 2002.
PAVÓN, Héctor. “Las huellas que deja el crimen. Plaza pública: Mariano Ciafardini y Juan Pegoraro”, en Clarín, suplemento Zona, 23 de agosto de 1998.
PAZ, Marta y AZERRAD, Marcos. “Sida y drogas en las cárceles argentinas. Una realidad disvaliosa”, en ELBERT y otros (coordinadores), La Criminología del siglo XXI en América Latina, parte segunda. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 2002.
PEDRAZZINI, Ives y SANCHEZ, Magaly. “Nuevas legitimidades sociales y violencia urbana en Caracas”, en Revista Nueva Sociedad, Caracas, Septiembre-Octubre, 1990.
PEGORARO, Juan. “Notas sobre la cuestión carcelaria y las teorías sociales”, en Lecciones y Ensayos, N° 66. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1996.
PENGUE, Walter. “Lo que el Norte le debe al Sur”, en Le Monde, Buenos Aires, abril de 2002.
PERALTA BIELES, Oscar. “Desviación-control social-asignación de roles”, en I Seminario de Derecho Penal y Criminología. Santa Rosa, UNLPam, 15 y 16 de noviembre de 2001.
PÉREZ CAIMI, Carlos. “Breve ensayo sobre la legitimación y la justificación en la postmodernidad”, en www.criminologia21.com.ar.
PÉREZ ESQUIVEL, Adolfo. “Argentina bajo el terrorismo económico”, en Lumbre, Santa Rosa, abril de 2002.
PETRAS, James. “¿Quién manda en América Latina?”, en Realidad Económica, Buenos Aires, Nº 81, 1988.
- Neoliberalismo en América Latina. La izquierda devuelve el golpe. Rosario, Homo Sapiens, 1997.
- “El uso de la democracia”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 14 de noviembre de 1999.
- “El retorno de la izquierda”, en Locas, cultura y utopías, Buenos Aires, diciembre de 2000.
- “Cuando el río suena....”, en Locas, cultura y utopías, Buenos Aires, octubre-noviembre de 2001.
- “Movimiento de Trabajadores Desocupados en Argentina”, en La MAZA, suplemento especial, Buenos Aires, noviembre de 2001.
- “Tribunales para los criminales de guerra”, en La Señal, cuadernos, Buenos Aires, octubre-noviembre de 2001.
- “Quién financia al estado de Israel”, en La Arena, Santa Rosa, 13 de mayo de 2002.
PILLING, David. “Cómo incentivar a la industria farmacéutica”, en Clarín, suplemento Económico, Buenos Aires, 31 de octubre de 1999.
PIÑERO, Laura y NOGUEIRA, Juan. “Las dos concepciones de la sociedad”, en La Arena, suplemento Caldenia, Santa Rosa, 18 de febrero de 2001.
PIRENNE, Jacques. Civilizaciones antiguas. Madrid, Globus, 1994.
PIRES, Alvaro. Entrevista en derechopenalonline.com.
PISANI, Francis. “Nueva guerra contra nuevo enemigo”, en Le Monde, Buenos Aires, junio de 2002.
“Plan Director de la Política Penitenciaria Nacional”, en www.jus.gov.ar.
PLOSKENOS, Analía. “Acerca del Antiguo Régimen”, en www.derechopenalonline.com.
PORTANTIERO, Juan. “La política, rehén de la economía”, en Clarín, Buenos Aires, 14 de junio de 2000.
PRODI, Romano. “¿Qué hacer ante el cambio climático? Cuanto más esperamos peor”, en Clarín, Buenos Aires, 18 de abril de 2001.
RAMONET, Ignacio. “Niños explotados”, en Le Monde, Buenos Aires, julio de 2002.
RAPODORT, Mario. “Rebeldes de la globalización”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 23 de abril de 2000.
REBÓN, Julián. “Inestabilidad laboral y subutilización de la Fuerza de Trabajo en el Aglomerado Gran Buenos Aires”, en La Maza, Buenos Aires, julio de 2001.
RECHES, Gabriel. “Comienza un plan para luchar contra el delito en los barrios”, en Clarín, Buenos Aires, 11 de octubre de 2000.
REDMAC, Charles. Los orígenes de la civilización desde los primeros agricultores, hasta la sociedad urbana en el próximo oriente. Barcelona, Crítica, 1990.
Revista Argentina de Derecho Constitucional, Nº 3, “Acción de Amparo”. Buenos Aires, Ediar, 2001.
Revista Argentina de Derechos Humanos, Nº 0. Buenos Aires, Ad-Hoc, 2001.
RIBEIRO, Silvia. “Haciendo negocios con la vida de la gente”, en La Arena, Santa Rosa, 10 de julio de 2002.
RIVERA BEIRAS, Iñaki y SALT, Marcos. Los derechos fundamentales de los reclusos. España y Argentina. Buenos Aires, del Puerto, 1999.
RODRÍGUEZ, Carlos. “Salidas de trabajo”, en Página/12, Buenos Aires, 12 de marzo de 2000.
- “Solamente aumentaron las cuotas”, en Página/12, Buenos Aires, 25 de abril de 2000.
- “Como en una novela negra...... La intensa zona de fusión entre policías y mafias”, en Locas, cultura y utopías, Buenos Aires, marzo de 2001.
- “Más facultades para poder jugar al porrito sorpresa”, en Página/12, Buenos Aires, 4 de junio de 2001.
- “En Salta estrenaron las reformas penales”, Página/12, Buenos Aires, 21 de junio de 2001.
RODRÍGUEZ, Pablo. “Rebelión en la América india”, en Página/12, Buenos Aires, 25 de marzo de 2001.
- “Retrato de familia en crisis. El fin del Consenso de Washington para América del Sur” y “El neoliberalismo ahora viene armado”, en Página/12, Buenos Aires, 28 de julio de 2002.
ROJAS, Enrique. El hombre light. Una vida sin valores. Buenos Aires, Planeta, 2000.
ROMANO, Mariana y SCKMUNCK, Romina. “Criminalización de la protesta”, en X Congreso Nacional de Derecho Penal y Criminología, en homenaje a Alessandro Baratta, Buenos Aires, 2002.
ROMEO, Paula y CASTILLO, Mary. “¿Es el derecho penal protector de bienes jurídicos?”, en I Seminario de Derecho Penal y Criminología. Santa Rosa, UNLPam, 15 y 16 de noviembre de 2001.
ROMERO, José. El ciclo de la revolución contemporánea. Buenos Aires, FEC, 1997.
ROMERO, Luis. “El poder es mío, mío”, en Clarín, segunda sección, Buenos Aires, 26 de abril de 1998.
ROMERO VAZQUEZ, Bernardo. “Etnografía de la cultura de la seguridad. Métodos cualitativos para el análisis de la seguridad subjetiva”, en ELBERT y otros (coordinadores), La Criminología del siglo XXI en América Latina, parte segunda. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 2002.
ROUSSEAU, Jean. Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres. Madrid, Alba, 1987.
- El contrato social. Barcelona, Altaya, 1996.
ROXIN, Claus. “La reparación en el sistema de los fines de la pena” en De los delitos y de las penas. Buenos Aires, Ad-Hoc, 1992.
RUIZ MARRERO, Carmelo. “La Privatización de las Prisiones”, en www.caribead.sjpr.com.
RUSCHE, Georg y KIRCHHEIMER, Otto. “Mercantilismo y surgimiento de la pena de prisión”, en Pena y estructura social. Bogotá, Temis, 1984.
RUSCONI, Maximiliano. Sistema de hecho punible y política criminal. Buenos Aires, Ad-Hoc, 1995.
- “La justicia penal todavía tiene reformas por hacer”, en Clarín, Buenos Aires, 23 de agosto de 2000.
SABATO, Jorge y SCHVARZER, Jorge. Funcionamiento de la economía y poder político en la Argentina: trabas para la democracia. Buenos Aires, Emecé, 1985.
SABORIDO, Jorge. La economía entre dos siglos. El capitalismo globalizado y la restauración capitalista en Rusia y China. Buenos Aires, Biblos, 2001.
SABSAY, Daniel y ONAINDIA, José. La constitución de los argentinos. Buenos Aires, Errepar, 1994.
SAID, José. “Sobre la facultad de las provincias para reglar el principio de oportunidad en la persecución penal” en La ley. Buenos Aires, 1997, tomo F.
SALT, Marcos. “Comentarios a la nueva ley de ejecución de la pena privativa de libertad” en Nueva Doctrina Penal. Buenos Aires, del Puerto, 1996, Tomo B.
SALVIOLI, Fabián. El Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, s/d.
- “La Conferencia de Viena de las Naciones Unidas. Esperanzas y frustraciones en materia de Derechos Humanos”, conferencia dada en marzo de 1994 en la Universidad Portucalense.
SAMPAY, Arturo. La filosofía jurídica del artículo 19 de la Constitución Nacional. Buenos Aires, Cooperadora de Derecho y Ciencias Sociales, 1975.
SANABRIA, José. “Sinceramiento del discurso carcelario. Alternativas al sistema”, en X Congreso Nacional de Derecho Penal y Criminología, en homenaje a Alessandro Baratta, Buenos Aires, 2002.
SANCHEZ, Matilde. “El futuro incierto”, en Clarín, Segunda Sección, Buenos Aires, 11 de mayo de 1997.
SANCHEZ GALINDO, Antonio. El Derecho a la Readaptación Social. Buenos Aires, Depalma, 1983.
SANTESTEBAN, Irina. “Estados Unidos no respeta los derechos humanos”, en La Arena, Santa Rosa, 5 de diciembre de 1998.
- “Los derechos humanos al interior de EE.UU”, en La Arena, Santa Rosa, 27 de mayo de 1999.
SARAMAGO, José. Ensayo sobre la ceguera. Buenos Aires, Seix Barral, 2000.
SARRULLE, Oscar. La crisis de legitimidad del sistema jurídico penal. Buenos Aires, Universidad, 1998.
SARTORI, Giovanni. Homo Videns: La Sociedad Teledirigida. Buenos Aires, Taurus, 1998.
- La sociedad multiétnica. Pluralismo, multiculturalismo y extranjeros. Madrid, Taurus, 2001.
SAXE-FERNÁNDEZ, John. “Globalización, Poder y Educación Pública”, en La Maza, Buenos Aires, julio de 2001.
- “Por qué Bush bloquea las investigaciones”, en La Arena, Santa Rosa, 22 de julio de 2002.
SCALETTA. Claudio. “El crecimiento de la pobreza ya preanuncia una catástrofe social”, en Página/12, Buenos Aires, 3 de julio de 2002.
SCAVINO, Dardo. “Resistencia civil y democracia”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 28 de junio de 1998.
SCALIA, Paolo. “Aumento de la represividad como política de Estado: retórica prohibicionista y modelo de control social autoritario", en www.derechopenalonline.com.
SCHIFFRIN, Leopoldo. “Sobre la justicia”, en Quince años de Democracia. Ensayos sobre la nueva república. Buenos Aires, Norma, 1998.
- “Es preciso evitar el asesinato de la memoria”, en Lumbre, Santa Rosa, febrero de 2002.
- “Los jueces tienen que proteger a los más débiles y combatir la impunidad de los poderosos”, en Lumbre, Santa Rosa, febrero de 2002.
SCHNABEL, Raúl. “El movimiento de derechos humanos y la conflictividad social”, en Antirrepresivo, Buenos Aires, CORREPI, abril de 1999.
SCHNEIDER, Hans. “La criminalidad en los medios de comunicación de masas”, en Doctrina Penal, Nº 12. Buenos Aires, Depalma, 1989.
SCHOKLENDER, Sergio. Infierno y resurrección. Buenos Aires, Colihue, 1995.
SCHUMAN, Karl. “Una sociedad sin prisiones”, en Doctrina Penal. Buenos Aires, Depalma, 1991.
SEBRELI, Juan. El vacilar de las cosas. Buenos Aires, Sudamericana, 1994.
Servicio Penitenciario Federal, Revista del 50º aniversario, Buenos Aires, 1983.
SEVARES, Julio. “El poder del dinero”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 31 de octubre de 1999.
SILVA FRANCO, Alberto. “O perfil do juiz na sociedade em processo de globalizaçao”, en MESUTI y SAMPEDRO ARRUBLA (compiladores), La Administración de Justicia en los albores del tercer milenio. Buenos Aires, Universidad, 2001.
SILVA GARCIA, Germán. “Criminología. Bases para una teoría sociológica del delito”, en ELBERT (coordinador), La Criminología del siglo XXI en América latina. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 1999.
SIMONETTI, José y VIRGOLINI, Julio. “La criminología del año que viene”, en ELBERT (coordinador), La Criminología del siglo XXI en América Latina. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 1999.
Situaciones 1, “Los Escraches”. Buenos Aires, De mano en mano, octubre de 2000.
Situaciones 2, “La experiencia MLN-Tupamaros”. Buenos Aires, De mano en mano, mayo de 2001.
Situaciones 3, “Movimiento Campesino de Santiago del Estero”. Buenos Aires, De mano en mano, septiembre de 2001.
Situaciones 4, “MTD-Solano”. Buenos Aires, De mano en mano, diciembre de 2001.
SLOKAR, Alejandro. “Forma-estado democrática y actualización penitenciaria (poder y libertad en el ámbito carcelario)”, en Lecciones y Ensayos, Nº 66. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1996.
SLONIMSQUI, Pablo. La ley Antidiscriminación. Buenos Aires, Fabián J. Di Plácido, 2001.
SOMAVIA, Juan. “Déficit de empleos dignos”, en Clarín, Buenos Aires, 24 de enero de 2001.
SORENSEN, Max. Manual de Derecho Internacional Público. México, FCE, 1992.
SPINA, Julio. “Mediación escolar. Ahora los conflictos se arreglan entre alumnos”, en Clarín, Buenos Aires, 5 de septiembre de 1999.
STIGLITZ, Joseph. “Argentina, engañada”, en La Gaceta, FCE-UBA, 30 de junio de 2002.
STUART MILL, John. El utilitarismo. Barcelona, Altaya, 1997.
TAPIA, Juan. “La exigida reacción jurisdiccional frente a las ilegítimas condiciones de detención en la provincia de Buenos Aires”, en www.derechopenalonline.com.
THIEBERGER, Mariano. “La gran hipoteca del siglo XXI”, en Clarín, Buenos Aires, 13 de junio de 1999.
THOMPSON, Edward. “La economía moral de la multitud en la Inglaterra del siglo XVIII” y “El delito de anonimato”, en Tradición, revuelta y conciencia de clase. Estudios sobre la crisis de la sociedad preindustrial. Barcelona, Crítica-Grijalbo, 1984.
THWAITES REY, Mabel y MAAS, Pablo. “Default de las multinacionales”, en Le Monde, Buenos Aires, mayo de 2002.
TIZÓN, Héctor. “Quimera de los perdedores”, en Clarín, Buenos Aires, 31 de mayo de 2001.
TOURAINE, Alain. “En la Argentina, no hay política”, en Clarín, suplemento Zona, Buenos Aires, 13 de mayo de 2001.
TOUSSAINT, Eric. “Una deuda odiosa”, en Le Monde, Buenos Aires, febrero de 2002.
TOZZINI, Carlos y ARQUEROS, María. Los procesos y la efectividad de las penas de encierro. Buenos Aires, Depalma, 1978.
Tratados y Documentos Internacionales. Buenos Aires, Zavalía, 1993.
TRAVIESO, Juan. Historia de los derechos humanos y garantías. Buenos Aires, Heliasta, 1993.
- “La reforma constitucional argentina de 1994, (relaciones entre Derecho Internacional, Derecho Interno y Derechos Humanos)”, en La ley, Buenos Aires, 12 de diciembre de 1994.
3 Puntos, Buenos Aires, 12 de abril de 2001 y 15 de mayo de 2001.
TRIPUTTI, José. Criminología. Santa Rosa, 1997. (inédito)
Unidad Abierta, Revista del Servicio Penitenciario Federal, Nº 3, Buenos Aires, 1999.
URIARTE, Claudio. “Síganme, los defraudaré”, en Página/12, suplemento Cash, Buenos Aires, 30 de junio de 2002.
- “Buenos muchachos. Quienes están detrás de la debacle americana”, en Página/12, suplemento Cash, Buenos Aires, 14 de julio de 2002.
- “Crash Incorporated. Después de la peor semana bursátil desde 1998”, en Página/12, suplemento Cash, Buenos Aires, 21 de julio de 2002.
VALDEZ MORALES, María. “Congreso Internacional La criminología del siglo XXI en América Latina”. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, UBA, 1999.
VALES, Laura. “Día de protesta y aprietes”, en Página/12, Buenos Aires, 26 de junio de 2002.
Van SWAANINGEN, René. “¿Hacia una alternativa de abolicionismo o garantía penal?”, en Criminología crítica y control social, Nº 1. Rosario, Juris, 1993.
VARSAVSKY, Oscar. “Ciencia, política y cientificismo”, s/d.
VARTABEDIAN, Julieta. “¿Cómo es hacer trabajo de campo en una prisión?”, en www.criminologia21.com.ar.
Veintitrés, Buenos Aires, 12 de abril de 2001, 3 de mayo de 2001, 5 de julio de 2001 y 23 de agosto de 2001.
VERBITSKY, Horacio. “Ruckauf se va a la guerra”, en Página/12, Buenos Aires, 1 de octubre de 2000.
- “Picana y mano dura”, en Página/12, Buenos Aires, 12 de agosto de 2001.
- “La tentación de la violencia”, en Página/12, Buenos Aires, 28 de julio de 2002.
VERDÚ, María del Carmen y STRAGÁ, Daniel. “Yo quiero una explicación”, en Página/12, Buenos Aires, 18 de mayo de 2002.
VERRI, Pietro. Observaciones sobre la tortura. Buenos Aires, Depalma, 1977.
VIAU, Susana. “Irresistible fenómeno piquetero”, en Página/12, Buenos Aires, 7 de julio de 2002.
VILAS, Carlos. “América Latina en el nuevo orden mundial”, en MARTINEZ SAMECK, Sociología, CBC-UBA, 1996.
VILLEGAS, Carlos. Derecho de las sociedades comerciales. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1996.
VIÑAS, David. “La sociedad encarcelada”, en Locas, cultura y utopías, Buenos Aires, octubre-noviembre de 2001.
VIRGOLINI, Julio. “El control social y su articulación con el sistema penal”, en El sistema penal argentino. Buenos Aires, Ad-Hoc, 1992.
- “Crimen organizado: criminología, derecho y política”, en VIRGOLINI, Julio y SLOKAR, Alejandro (coordinadores), Nada Personal.....Ensayos sobre crimen organizado y sistema de justicia. Buenos Aires, Depalma, 2001
VIRGOLINI, Julio y SLOKAR, Alejandro (coordinadores). Nada Personal.....Ensayos sobre crimen organizado y sistema de justicia. Buenos Aires, Depalma, 2001.
WACQUANT, Loic. “De Norteamérica como utopía al revés”, en BOURDIEU (director), La miseria del mundo. Buenos Aires, FCE, 2000.
- “The Zone”, en BOURDIEU (director), La miseria del mundo. Buenos Aires, FCE, 2000.
- Las cárceles de la miseria. Buenos Aires, Manantial, 2000.
- Parias urbanos. Buenos Aires, Manantial, 2001.
WIÑAZKI, Miguel. Ataque de pánico en Argentina. Buenos Aires, Biblos, 1996.
XIQUES, Mario. “TV: consumo y criminalidad en la construcción del imaginario social globalizador”, en La Maza, Buenos Aires, octubre de 2001.
YAPUR, Felipe. “Cuando la Gendarmería perdió su trinchera”, en Página/12, Buenos Aires, 21 de junio de 2001.
YEANNES, María. “La voz de los presos. Autocrítica social”, en X Congreso Nacional de Derecho Penal y Criminología, en homenaje a Alessandro Baratta, Buenos Aires, 2002.
ZAFFARONI, Raúl. (coordinador) Sistemas penales y derechos humanos en América Latina (Informe Final). Buenos Aires, Depalma, 1986.
- En busca de las penas perdidas. Buenos Aires, Ediar, 1989.
- “La filosofía del sistema penitenciario en el mundo contemporáneo”, en BELOFF, Mary, BOVINO, Alberto y COURTIS, Christian (compiladores), Cuadernos de la Cárcel, edición especial de “No hay Derecho”, Buenos Aires, 1991.
- “Dimensión política de un poder judicial democrático”, en El Derecho. Buenos Aires, tomo 149, 1992.
- “La independencia del Poder Judicial en su marco histórico”, en El sistema penal argentino. Buenos Aires, Ad-Hoc, 1992.
- “Derechos humanos y sistemas penales en América Latina”, en Criminología crítica y control social, Nº 1. Rosario, Juris, 1993.
- Muertes Anunciadas. Bogotá, Temis, 1993.
- Estructuras judiciales. Buenos Aires, Ediar, 1994.
- Manual de derecho penal. Parte general. Buenos Aires, Ediar, 1996.
- “Las penas crueles son penas”, en Lecciones y Ensayos, Nº 66. Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1996.
- “Sentido y justificación de la pena”, en Jornadas sobre sistema penitenciario y derechos humanos. Buenos Aires, del Puerto, 1997.
- “Los objetivos del sistema penitenciario y las normas constitucionales”, en Jornadas sobre sistema penitenciario y derechos humanos. Buenos Aires, del Puerto, 1997.
- Criminología. Aproximación desde un margen. Bogotá, Temis, 1998.
- “Naturaleza y necesidad de los Consejos de Política Criminal”, en AA.VV, Homenaje al Profesor Dr. Jorge FRÍAS CABALLERO. La Plata, Colegio de Abogados, 1998.
- “Existe un nuevo Estado violador de derechos”, en Clarín, Buenos Aires, 6 de septiembre de 1999.
- “Viejo delito, discurso nuevo”, en Clarín, Buenos Aires, 29 de diciembre de 1999.
- “Mejor, el parlamentarismo”, en Clarín, Buenos Aires, 10 de enero de 2001.
- “Los límites del pragmatismo”, en Clarín, Buenos Aires, 9 de febrero de 2000.
- “Cuando el derecho repara”, en Clarín, Buenos Aires, 14 de marzo de 2001.
- “En torno al concepto de ´Crimen Organizado´”, en VIRGOLINI, Julio y SLOKAR, Alejandro (coordinadores), Nada Personal.....Ensayos sobre crimen organizado y sistema de justicia. Buenos Aires, Depalma, 2001.
- “Justicia penal y discriminación”, en MESUTI y SAMPEDRO ARRUBLA (compiladores), La Administración de Justicia en los albores del tercer milenio. Buenos Aires, Universidad, 2001.
- “La crisis exige más política”, en Clarín, Buenos Aires, 8 de agosto de 2001.
- “Siempre cae el que roba un banco, nunca el que lo funde”, en La Arena, Santa Rosa, 8 de septiembre de 2001.
- “Conferencia dictada en el XIII Congreso Latinoamericano, V Iberoamericano y 1º del Mercosur de Derecho Penal y Criminología”. Guarujá, 16 de Septiembre de 2001, en www.derechopenalonline.com.
- “Abusar de la cárcel es reproducir la violencia”, en Lumbre, Santa Rosa, octubre de 2001.
ZAITCH, Damián. “Viejos conocidos, nuevos enemigos. Discursos y políticas sobre el delito organizado en la nueva Europa”, en Criminología Crítica y Control Social, Nº 2. Rosario, Juris, 2000.
ZAMBRANO PASQUEL, Alfonso. Derecho penal, criminología y política criminal. Buenos Aires, Depalma, 1998.
- “Balance de la Criminología en el Ecuador en el siglo XX. Perspectivas para el siglo XXI”, en ELBERT (coordinador), La Criminología del siglo XXI en América Latina. Santa Fe, Rubinzal-Culzoni, 1999.
ZAMORA. Luis. “Es hora de rebeldía”, en Página/12, Buenos Aires, 9 de septiembre de 2001.
ZAMORANO, Carlos. El tema de la ´Inseguridad´. Delincuencia y ´Mano Dura´ Estatal. Buenos Aires, Liga Argentina por los Derechos del Hombre, junio de 2000.
ZIEGLER, Jean. “El derecho a la alimentación vs. el consenso de Washington”, en Le Monde, Buenos Aires, noviembre de 2001.
ZIMMERMAN, León; STRAGÁ, Daniel y VERDÚ, María del Carmen. Violencia Institucional. Buenos Aires, CORREPI, septiembre de 1994.
ZIZEK, Slavoj. Página/12, suplemento RADAR libros, Buenos Aires, 6 de enero de 2002.
ZOLTAN MHESZ, Cornel. Enciclopedia Jurídica. Buenos Aires, Omeba, 1967, tomo XXIII.
ZÚÑIGA, Ariel. “Necesitamos más cárceles porque queremos más presos”, en www.derechopenalonline.com.
- “Criminalización de Tercera Vía, sufrimiento de última generación”, en www.derechopenalonline.com.
- “Un congreso de estudiantes de criminología progresista como un órgano fundamental de criminalización (del Estado)”, en I Seminario de Derecho Penal y Criminología. Santa Rosa, UNLPam, 15 y 16 de noviembre de 2001.